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Pide diputada Beatriz de los Santos dar celeridad en divorcios exprés para evitar rezago en juzgados.

21 de Noviembre 2018

Pide diputada Beatriz de los Santos dar celeridad en divorcios exprés para evitar rezago en juzgados.

Autor: Grupo Legislativo MORENA

Debido al rezago que se presenta en los Juzgados donde se tratan temas de divorcio, lo cual en la mayor parte de las ocasiones es por la falta de notificación de los involucrados, la diputada Beatriz de los Santos pidió que se lleve a cabo una reforma por adición el artículo 1126 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León.

La legisladora local indicó que existen diferentes etapas. Por derecho, las partes involucradas deben estar debidamente notificadas respecto de las causas en donde sean parte.

"El emplazamiento es fundamental dentro de todo procedimiento, es en esta parte donde se notifica la causa que involucra a alguna persona moral o física de la situación jurídica en la que se encuentre.

"Ahora bien, dentro el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, existe el área de Unidad de Medios de Comunicación, la cual es responsable de brindar información a las partes dentro de un proceso, sobre cualquier resolución emitida por la autoridad judicial", indicó la diputada local.

Mencionó que en ocasiones, el personal conocido como "actuarios judiciales", cuyo deber, entre otras cosas, es el de atender las solicitudes de notificación, así como las gestiones de las partes dentro de un juicio, y también verificar que las diligencias se practiquen en estricto apego a derecho; enfrentan una carga de trabajo, por lo que se vuelve muy lento gestionar una notificación.

"Por eso pedimos que Se reforma por adición el artículo 1126 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, para quedar como sigue:

Artículo 1126.- Si transcurridos treinta días naturales contados a partir de que la solicitud de divorcio incausado fue admitida y, por cualquier causa la parte interesada no ha realizado alguna gestión tendiente a llevar a cabo el emplazamiento, el juez de oficio declarará sin efectos la solicitud y ordenará el archivo definitivo del expediente

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