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Seguro Popular para Adultos Mayores

17 de Septiembre 2013

REBECA-CLOUTHIER-CARRILLO-glpan

Autor: Grupo Legislativo PAN

Los suscritos diputados del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional que al calce firman, integrantes de la LXXIII Legislatura del Congreso del Estado, ocurrimos con fundamento en lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, a poner a consideración del Pleno  un Punto de Acuerdo al tenor de  la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 4º de la Constitución Política Federal establece la garantía del acceso universal a la salud, y del mismo modo prevé la reglamentación a través de las Leyes del Congreso de la Unión, que preveé de dicha Garantía.
De este modo, el 25 de junio de 2002, se publicó la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, que en su artículo 5º fracción III inciso b, refiere la garantía de acceso universal a la salud, en particular para los adultos mayores.
En ese orden de ideas, el artículo 18 de dicha Ley contempla las obligaciones de las instituciones públicas de salud de garantizar dicho derecho a las personas adultas mayores.
La secretaría de salud federal, desde hace dos sexenios, estableció el programa de Seguro Popular. Dicho programa fue establecido con el objetivo de garantizar el acceso universal a la salud a aquellas personas que no tienen empleo, que no son derechohabientes de dicho servicio en alguna Institución, y en general a aquellas personas en situación de vulnerabilidad.
Sin embargo, pueden fortalecerse aún más las medidas que buscan garantizar el derecho a la salud.
Las personas adultas mayores, como lo sabemos, son quienes sentaron las bases de nuestras familias, sociedad, cultura y valores; son a quienes les debemos lo que hoy somos.
De este modo, una justa retribución a la labor y a los valores que nos han dejado, es otorgarles todas las facilidades para que accedan a programas sociales a los cuales ya tienen derecho, pero que sin embargo, muchas veces por condiciones físicas o de salud, resulta gravoso o imposible poder acudir a algún módulo de afiliación de los programas sociales, o el mismo seguro popular.
Es por eso, que ante esta situación, y por el reconocimiento que siempre hará ésta Soberanía a nuestros adultos mayores que es menester proponer medidas que lleven el programa de seguro popular a nuestros adultos mayores hasta donde se encuentren, y no limitando la afiliación a dicho programa únicamente en módulos.
En ese tenor, compañeros Diputados, en razón de la trascendencia e importancia del tema de salud de nuestros adultos mayores en nuestro Estado, solicito a éste H. Congreso del Estado de Nuevo León, la aprobación del siguiente punto de:

A C U E R D O

ÚNICO.- La LXXIII Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León hace un atento exhorto a la C. Mercedes Juan López, Secretaria de Salud del Gobierno de la República, para que en el ámbito de sus atribuciones contemple establecer mecanismos para otorgar a los Adultos Mayores su afiliación al Seguro Popular en centros geriátricos y abrir su afiliación en lugares de fácil acceso como centros comerciales.


Atentamente,
Monterrey, Nuevo León, 17 de septiembre de 2013.
Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional


DIPUTADA REBECA CLOUTHIER CARRILLO
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