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PIDE PAN AMPLIAR DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD PERSONAL

1 de Abril 2019

PIDE PAN AMPLIAR DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD  PERSONAL

Autor: Grupo Legislativo PAN

• Presenta Diputado Juan Carlos Ruiz iniciativa de reforma al Código Penal del Estado.

• Propone eliminar elemento de casualidad.

A fin de proteger la integridad y el honor de todo ciudadano, la bancada de Acción Nacional en el Congreso Local presentó una reforma al Artículo 271bis 5 del Código Penal de Nuevo León para que se considere delito el difundir contenido sexual o erótico, a través de correos electrónicos, mensajes o redes sociales, sin el consentimiento de la persona eliminando el elemento de casualidad que existe actualmente.

La propuesta fue hecha por el Diputado Juan Carlos Ruiz García en la sesión ordinaria de este lunes.

Ruiz García explicó en tribuna que, el 19 de Diciembre del 2018 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el Decreto que adiciona el Capítulo VI "Delitos contra la Intimidad Personal", con lo que se pretendió establecer un nuevo tipo Penal que tipifica la conducta desplegada por quienes bajo cualquier medio y sin consentimiento de la persona difundan imágenes, audios o videos de contenido erótico, sexual o pornográfico a fin de exhibirla causando agravios en su honor.

"Dicho delito se encuentra sujeto a un elemento de causalidad, al restringir que quien cometa la acción debe haber mantenido una relación de tipo afectiva, sentimental o de confianza", detalló el legislador de Acción Nacional.

"A fin de lograr plena certeza jurídica a los operadores del nuevo Sistema de justicia Penal, de buscar la más amplia Punibilidad a este tipo de acciones, pues de lo contrario como se encuentra actualmente el texto de este Artículo, la conducta reciente mente tipificada como delito está sujeta a un elemento del tipo penal que hacen difícil su punibilidad", añadió Juan Carlos Ruiz.

Por ello, la propuesta del Grupo Legislativo de Acción Nacional es la siguiente:

Artículo 271 bis 5. "Comete el delito contra la intimidad personal, quien o quienes, revelen, difundan, publiquen o exhiban mediante correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o por cualquier otro medio, imágenes, audios o videos de contenido erótico, sexual o pornográfico de una persona sin su consentimiento".

La propuesta fue enviada a la Comisión de Justicia y Seguridad Pública para su estudio y análisis.

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