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Pide MC que los 51 Ayuntamientos expidan el Reglamento de Cambio Climático

5 de Octubre 2021

BRENDA-LIZBETH-SANCHEZ-CASTRO-LXXVI

Autor: Grupo Legislativo PMC

DIPUTADA IVONNE LILIANA ÁLVAREZ GARCÍA

PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DEL

H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

PRESENTE. -

Las suscrita Diputada Brenda Lizbeth Sánchez Castro, integrante del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano de la LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en lo establecido por los artículos 122, 122 Bis y 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a todos los R. Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Nuevo León para que, en el marco de sus atribuciones, a la brevedad posible expidan sus respectivos Reglamentos de Cambio Climático en los términos de la Ley de la materia, lo cual se expresa en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley de Cambio Climático para el Estado de Nuevo León entró en vigor a partir del 1o de enero de 2020, mediante Decreto conforme al cual los Municipios del Estado contaron con un plazo máximo de 90 días hábiles para emitir o adecuar sus Reglamentos y demás disposiciones municipales correspondientes a los términos establecidos en dicha Ley.

A la fecha, no obstante haber fenecido en exceso el plazo correspondiente, los distintos municipios que integran el Estado de Nuevo León han sido omisos, en expedir dichos ordenamientos, a pesar de que su importancia radica en establecer atribuciones y competencias que la Ley confiere al municipio así como formular, implementar y evaluar la política municipal en materia de cambio climático, en concordancia con las Estrategias Nacional y Estatal, así como formular e instrumentar políticas y acciones en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo, en la materia, la Estrategia Estatal, el Programa Estatal, el programa municipal respectivo y las leyes aplicables, en las materias de ordenamiento ecológico local y territorial así como programas de desarrollo urbano, recursos naturales y protección al ambiente de su competencia y de protección civil.

La importancia de dar cumplimiento a dicha ley, además de ser un imperativo legal, es de relevancia mundial, por lo que es fundamental actuar localmente, recordemos que el aumento de temperatura ha provocado alteración en el mar provocando que huracanes impacten nuestra entidad al grado de cobrar vidas humanas y afectar la infraestructura de la ciudad, los impactos de las sequías cada vez más frecuentes, así como las intensas olas de calor por el aumento de la temperatura.

Desafortunadamente estamos en una etapa de no retorno pues la alteración de la temperatura está generando estragos en todas partes del mundo, el más reciente, son los hechos lamentables en Australia donde se han perdido vidas humanas, de la biodiversidad e interminables pérdidas millonarias.

Por lo hasta ahora dicho, es evidente la necesidad del Reglamento Municipal de Cambio Climático e instalación de las dependencias encargadas de atemperar el impacto del Cambio Climático, que a su vez generen una agenda climática local que, más allá del cumplimiento de la ley, coadyuven en regular las acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático, fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología e innovación y difusión en materia de adaptación y mitigación al cambio climático y establecer la bases para sensibilizar a la población con el tema.

Finalmente, la LXXV Legislatura, tuvo a bien ya formular un atento exhorto a los ayuntamientos que gobiernan los municipios de Nuevo León, a proceder de conformidad, exhortó al cual no se ha dado respuesta favorable, en claro perjuicio a la ciudadanía.

Es por ello compañeros y compañeras legisladoras que no podemos mantenernos al margen de esta omisión por parte de los R. Ayuntamientos del Estado de Nuevo León, por lo que debemos requerirles que expidan los Reglamentos de Cambio Climático a fin de transitar hacia, un modelo de prevención, adaptación y mitigación del cambio climático, la reducción de fuentes de calor, gases y compuestos de efecto invernadero en sectores prioritarios, el uso de energías renovables y energías limpias, la mitigación de islas de calor, conservación de áreas naturales, una economía de cero residuos y baja en emisiones de carbono reduciendo al máximo los riesgos de contaminación ambiental, así como de implementar prácticas, productos, edificaciones, transporte y procesos de baja huella de carbono.

Así como desarrollar los instrumentos económicos, fiscales y financieros en materia de cambio climático y una economía baja en carbono, en concordancia con lineamientos, regulaciones municipales, y además de las expresamente señaladas en la Ley Estatal y el reglamento respectivo.

En mérito de lo expuesto, se somete a la consideración de esta H. Asamblea la siguiente:

Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a todos los R. Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Nuevo León para que, en el marco de sus atribuciones, a la brevedad posible expidan sus respectivos Reglamentos de Cambio Climático en los términos de la Ley de la materia.

UNICO. - El H. Congreso del Estado de Nuevo León exhorta respetuosamente a todos los R. Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Nuevo León para que, en el marco de sus atribuciones, a la brevedad posible expidan sus respectivos Reglamentos de Cambio Climático en los términos de la Ley de la materia.

Dado en la sede del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en la Ciudad de Monterrey, a los 5 días del mes de octubre de 2021.

La C. Diputada Brenda Lizbeth Sánchez Castro

La presente foja forma parte de la Proposición con Punto de Acuerdo con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a todos los R. Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Nuevo León para que, en el marco de sus atribuciones, a la brevedad posible expidan sus respectivos Reglamentos de Cambio Climático en los términos de la Ley de la materia, de fecha 5 de octubre de 2021.

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