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Busca Diputado Gaona endurecer medidas para combatir a factureros

4 de Noviembre 2021

EDUARDO-GAONA-DOMINGUEZ-LXXVI

Autor: Grupo Legislativo PMC

Con su venia Diputada Presidenta.

Honorable Asamblea

Recientemente, en el Estado de Nuevo León se ha dado a conocer por distintos medios de comunicación nacionales y locales, esquemas de operación de empresas denominadas factureras, a las cuales, durante el periodo comprendido de 2014 a 2019, se les adjudicaron contratos por 190.6 millones de pesos[1].

En ese sentido, según datos publicados por el Servicio de Adminsitración Tributaria (2019), Nuevo León ocupó el tercer lugar con el mayor número de empresas que facturan operaciones simuladas (EFOS) con al menos 712, solo por detrás de Jalisco y la Ciudad de México.

El Procurador Fiscal de la Federación, señaló que la Federación ha dejado de percibir, por concepto de ISR e IVA, aproximadamente 500 mil millones de pesos al año derivado de la defraudación fiscal[2].

Lo anterior, se traduce en un déficit en el potencial de recaudación del Estado, la cual se realiza a través de la evasión o la elusión de impuestos. La evasión se configura cuando el contribuyente realiza acciones por las cuales pueda ser sujeto de sanciones administrativas o legales por parte de la autoridad[3]. La elusión se configura en el marco de lo establecido por la legislación fiscal, aprovechando las lagunas presentes en la normatividad, logrando un beneficio respecto a la carga fiscal del contribuyente[4].

En ese sentido, tanto la Constitución Federal como la Constitución de Nuevo León, establecen el principio de equidad tributaria, determinando como obligación de los mexicanos y nuevoleoneses, contribuir al gasto público con la Federación, el Estado y Municipios, de manera proporcional y equitativa.

De igual manera, el Código Fiscal del Estado de Nuevo León establece la obligación de las personas físicas y morales de contribuir al gasto público del Estado.

Así, podemos afirmar que la práctica ilegal realizada al simular actos jurídicos a través de la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales genera un grave perjuicio al patrimonio del Estado, lo cual se traduce en una afectación a la sociedad de Nuevo León, al no contar con una recaudación adecuada y obtener recursos que permitan ejecutar políticas públicas en su beneficio.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), ha señalado que la correcta distribución de la carga fiscal entre los contribuyentes es un derecho fundamental que debe garantizarse. Por lo que se hace evidente la necesidad de tomar acciones de defensa que permita combatir la evasión fiscal, en favor de los contribuyentes.

Como ha quedado de manifiesto, la defraudación fiscal a traves de empresas fantasmas, se ha vuelto el cáncer del Estado de Nuevo León. Ello, en atención al poco costo punitivo que genera a estos delicuentes en comparación del gran benificio económico obtenido ilegalmente.

La iniciativa tiene por objeto homologar el tipo penal contenido en el Código Fiscal del Estado de Nuevo León, en materia de delitos fiscales, con el Código Fiscal de la Federación, respecto a la expedición, enajenación o adquisición de comprobantes fiscales falsos, así como su difusión por cualquier medio para estos fines.

De igual manera, atendiendo a los casos que han evidenciado la alta incidencia de participación del funcionariado o personal del servicio público en estas conductas delictivas, se considera pertineten trasladar al cuerpo normativo local, la sanción consistente en destitución e inhabilitación del funcionario o servidor público que sea partícipe.

Así mismo, se busca otorgar un marco legal de actuación a las autoridades locales, a efecto de combatir este delito, permitiendo que la Secretaría de Finanzas y Tesorería General de Estado, o en su caso, la Tesorería Municipal, puedan proceder penalmente.

Desde esta Tribuna, el Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano reafirma su compromiso con la ciudadanía de Nuevo León para combatir el cáncer de la corrupción que tanto ha afectado a nuestro Estado.

Es cuanto.

Dado en la sede del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en la Ciudad de Monterrey, a 4 de noviembre de 2021.

EDUARDO GAONA DOMÍNGUEZ

Diputado



[3] Tanzi, V. and Shome, P. (1993), A Primer on Tax Evasión, Staff Papers (International Monetary Fund), Vol. 40, No. 4, Palgrave Macmillan Journals on behalf of the International Monetary Fund.

[4] Sanamo, A. (2004), Thetheoryof tax evasión: Aretrospective view, Discussion Paper 31/04, Norwegian School of Economics and Business Administration.

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