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Hace MC un llamado para poner un alto a la violencia y el acoso contra las mujeres en espacios de trabajo

29 de Noviembre 2021

MARIA-GUIDI-KAWAS-76

Autor: Grupo Legislativo PMC

Con su venia Presidenta...

Recientemente en esta tribuna se ha abordado en repetidas ocasiones la imperiosa necesidad de visibilizar, señalar, reconocer y combatir todas las forma de violencia en contra de la mujer.

No obstante, debemos señalar que aunado a los importantes avances que se han conseguido en la materia, aún hay espacios en los cuales se debe profundizar para erradicar estes tipo de conductas, siendo uno de los espacios más comúnes el ámbito laboral.

En ese sentido, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a los arítulos 5 y 123, establece el derecho de toa persona a dedicarse a un trabajo digno y socialmente útil[1].

En ese orden de ideas, la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, al adoptar la Declaración de Filadelfia[2], estableció que todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades.

De igual manera, en el Convenio sobre la violencia y el acoso, reconció el derecho a toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluido el acoso por razón de género. Entendiendo que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los Derechos Humanos y que la violencia y el acoso son una amenaza para la igualdad de oportunidades y son inaceptables e incompatibles con el trabajo digno[3].

Por su parte, la Constitución Política de Nuevo León reconoce en su artículo 4º el derecho de toda persona al trabajo digno y socialmente útil. Ademas, señala la prohibición expresa de cualquier tipo de discriminación que atente contra los derechos y libertad de las personas a mantener o acceder a algún empleo.

No obstante, la realidad en Nuevo León deja de manifiesto que aún nos hace falta trabajar para erradicar este mal en los espacios laborales. Según datos del INEGI, a octubre de 2021, nuestro Estado reportó cuatro mil cuarentay cuatro casos de personas que dejaron su puesto de trabajo a consecuencia de la discriminación y acoso. Cabe señalar que dos mil doscientos cincuenta y cinco casos correspondió a puestos ocupados por mujeres[4].

Es importante que con responsabilidad se promueva un entorno general de tolerancia Cero frente a la violencia y el acoso con el fin de facilitar la prevención de este tipo de comportamientos y practicas.

Como sociedad, debemos visibilizar y reconocer que el acoso laboral afecta a la salud psicológica y física de las personas, a su dignidad, trascendiendo a su entorno familiar y social. Esto afecta en mayor medida a las mujeres, obstaculizando su acceso al mercado del trabajo, que permanezcan en él o que progresen profesionalmente.

Considerando que la violencia y el acoso por razón de genero afectan de manera desproporcionada a las mujeres y a las niñas, es indispensable acabar estas conductas en el mundo del trabajo empresarial, doméstico y gubernamental. En conjunto con Instituciones y Gobierno, debemos contribuir a reconocer, afrontar y abordar el impacto de todo tipo de violencia en los ámbitos público y privado.

Como integrantes de este H. Congreso nos corresponde emprender acciones e iniciativas que permitan la efectiva erradicación del acoso laboral en los espacios de trabajo. Así como establecer un marco de actuación que permita a las autoridades fomentar y brindar orientación, formación y herramientas a los empleadores y trabajadores para contar con ambiente laborales dignos y libres de cualquier tipo de violencia.

Es cuanto.

Dip. María Guadalupe Guidi Kawas

Integrante del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano

LXXVI Legisaltura del H. Congreso del Estado de Nuevo León



[1] https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4404/4.pdf

[2] https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_Ilo_Code:C111

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