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BUSCAN SANCIONAR A QUIENES VENDAN BOLETOS DE CORTESÍA

27 de Noviembre 2013

BUSCAN SANCIONAR  A QUIENES VENDAN BOLETOS DE CORTESÍA

Autor: Grupo Legislativo PRI

A fin de proteger que no se lucre con boletos que se otorgan de forma gratuita, y adecuar las normas jurídicas para sancionar  a los infractores, la bancada del PRI en el Congreso local propuso reformas al Código Penal del Estado de Nuevo León.

El diputado del PRI, José Maiz García, planteó la propuesta de ley en donde se busca  reformar el artículo 391 bis del Código Penal.

La propuesta establece que se comete el delito de venta ilegal o reventa, cuando en la celebración de un espectáculo público privado deportivo, artístico o cultural se vendan uno o más boletos considerados como de cortesía y se obtenga a cambio una cantidad de dinero, una dadiva o cualquier lucro.

Las sanciones van de tres días a un año de prisión y sanciones económicas desde 4 a 300 cuotas de salario mínimo, dependiendo de los ingresos que reciban por la venta de los boletos de cortesía.

"Es de recalcar que los boletos sin costo, conocidos como "boletos de cortesía" no representan un gasto ni un desembolso para quienes los reciben, y si retribuyen en gran medida que familias nuevoleonesas acudan a divertirse y convivir, pasando un rato ameno sin costo a su bolsillo", comentó el legislador.

La iniciativa de ley fue turnada a la Comisión de Justicia y Seguridad Pública para su estudio y análisis.
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