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APRUEBA COMISIÓN DE SALUD LEY DE PROTECCIÓN CONTRA LA EXPOSICIÓN AL HUMO DEL TABACO

28 de Mayo 2013

APRUEBA COMISIÓN DE SALUD LEY DE PROTECCIÓN CONTRA LA EXPOSICIÓN AL HUMO DEL TABACO

Autor: Grupo Legislativo PT

Los integrantes de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables aprobaron por mayoría la Ley de Protección contra la Exposición al Humo del Tabaco del Estado de Nuevo León.

La Ley consta de 58 artículos y cinco transitorios, y tiene por objeto proteger  la salud de las personas fumadoras y no fumadoras de los daños que causa inhalar el humo del tabaco, así  como prevenir, concienciar y difundir los daños que ocasiona en la salud el uso desmedido del tabaco.

Además de establecer programas y tratamientos permanentes de apoyo a los fumadores que lo soliciten, a fin de evitar fumar.

"Se trata de actualizarnos y ponernos al corriente de acuerdo a los convenios internacionales que restringen la presencia del humo del tabaco en espacios cerrados, es  la médula de esta ley e incluso esta ley va un poco más adelante, pues contempla la restricción el humo de tabaco en espacios  abiertos donde haya conglomerados como estadios y en espectáculos públicos", explicó Guadalupe Rodríguez Martínez, presidente de la Comisión.

La Ley contempla que se prohíbe consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, así como también vender tabaco en cualquiera de sus modalidades a menores de edad.

En cuanto a las obligaciones  se establece que el propietario del establecimiento o su personal deberán exhortar a quien se encuentre fumando fuera de las áreas autorizadas  a que se abstenga de hacerlo, en caso de negativa, se le invitará a abandonar las instalaciones. Si el infractor se resiste a dar cumplimento al exhorto el titular del establecimiento solicitará auxilio  de la fuerza pública a efecto de que pongan al infractor a disposición del juez calificador competente.

En uno de los artículos transitorios  se otorga a los propietarios de establecimientos mercantiles que cuenten con espacios para fumar  y que hubieran realizado inversiones para dar cumplimiento a contar con áreas para fumadores,  el plazo de un año para hacer  las adecuaciones físicas a tales establecimientos; previa verificación y aprobación por la Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario de la Secretaría de Salud del Estado.

Rodríguez Martínez mencionó que el dictamen que contiene la Ley de Protección contra la Exposición al Humo del Tabaco del Estado de Nuevo León será visto para su discusión  ante el Pleno el próximo sábado.
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