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POSICIONAMIENTO GLPT DERECHO A LA VIDA

6 de Marzo 2019

POSICIONAMIENTO GLPT DERECHO A LA VIDA

Autor: Grupo Legislativo PT

"En el Partido del Trabajo nos manifestamos a favor del derecho a la vida como derecho inalienable del ser humano, velando por la elección a la maternidad, en razón de la autodeterminación de la mujer y por una sociedad que proteja ese derecho en los casos previstos por la ley". (Artículo 46 de los Documentos Básicos del Partido del Trabajo.)

El derecho a la vida es la base del reconocimiento del resto de los derechos humanos.

Sin vida, no hay libertad. Sin vida no hay salud, sin vida no hay seguridad, sin vida no hay educación.

Respetar y velar por la vida es lo que nos hace humanos.

Expandir a su máxima expresión la protección de los derechos humanos sólo se explica cuando esos derechos son aplicables a la vida humana; del disfrute de esa vida, se desprende el goce del resto de los derechos universales.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, el llamado "Pacto de San José", adoptado por el Estado Mexicano como Ley Suprema de la Nación, establece en su artículo 4, numeral 1 a la letra:

"Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente".

A inicios de este Milenio, desapareció la pena de muerte en nuestra Constitución, bajo argumentos tales como el que nadie tiene derecho a disponer de la vida de otro.

Esta iniciativa defiende la vida, pero no criminaliza a las mujeres. Las causas excluyentes de responsabilidad penal establecidas en el artículo 331 del Código de la materia, como lo son la violación sexual, cuando corre peligro la vida de la madre o cuando de continuar el embarazo pueda dañarse gravemente la salud de la madre, seguirán vigentes para que las mujeres sean protegidas y no sufran una nueva victimización.

De igual manera, no excluye el deber del Estado de diseñar políticas públicas para prevenir el embarazo y también, cuando se presenta un embarazo no deseado, para que las mujeres cuenten con opciones para ser protegidas.

Defendemos el derecho a la vida, en todas las etapas del desarrollo de la persona. En todas. Esta defensa implica luchar contra los feminicidios. Esta defensa implica luchar contra las desapariciones forzosas. Esta defensa implica luchar contra las ejecuciones y contra todo tipo de violencia. La vida debe respetarse y protegerse en todo momento y en todos los estadios del desarrollo de la persona.

No podemos manifestarnos sólo en favor de unos cuantos derechos humanos, y excluir la plena protección de otros derechos universales. Los derechos de todos deben tener goce y cabida plena y armonizarse entre sí.

Ninguna persona tiene derecho a decidir quién debe vivir y quién no. Ninguna persona puede decidir cuál vida es más valiosa.

Estudios científicos basados en las neurociencias, han demostrado que la estimulación desde la gestación, sí, desde la gestación, potencializa el desarrollo infantil temprano.

Este es un derecho que debemos garantizar; la atención preconcepcional y pre natal debe ser de la primerísima prioridad del Estado, para que todas las mujeres en gestación gocen de un embarazo pleno y saludable.

Es la congruencia al impulso de la educación para la primera infancia y al acceso universal a un embarazo saludable, razones adicionales para defender la vida desde la concepción y pedir a esta Asamblea su voto en favor del sentido y contenido del dictamen que se nos ha puesto a consideración.

Monterrey, Nuevo León; a Marzo de 2019

Dip. María Guadalupe Rodríguez Martínez

Dip. Esperanza Alicia Rodríguez López.

Dip. Zeferino Juárez Mata.

Dip. Asael Sepúlveda Martínez

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