Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
LEGISLADORES EXHORTAN AL CONGRESO DE LA UNIÓN A CONCLUIR REFORMA DE CANDIDATURAS CIUDADANAS
18 de Mayo 2010

LEGISLADORES EXHORTAN AL CONGRESO DE LA UNIÓN A CONCLUIR REFORMA DE CANDIDATURAS CIUDADANAS

Monterrey, 18 de Mayo 2010

El pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad enviar un exhorto a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión para que continúe y concluya el trámite legislativo para las candidaturas ciudadanas.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, coordinador del grupo parlamentario del PRI, presentó el punto de acuerdo el cual fue apoyado por todas las bancadas.

En el exhorto hace referencia a la Minuta que contiene Proyecto de Decreto, que deroga la última parte del inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue remitida por la Cámara de Senadores en fecha 12 de marzo de 2008 y que se encuentra en análisis en la Comisión de Puntos Constitucionales.

Como legisladores y representantes populares, debemos encontrar los medios y realizar las acciones que permitan a la ciudadanía ser partícipe en la toma de decisiones gubernamentales.

En tal sentido, las demandas ciudadanas deben reflejarse en las adecuaciones normativas que correspondan, evitando que existan vacíos legales e incongruencias que ameriten interpretaciones y que puedan coartar los derechos fundamentales de los ciudadanos, agregó.

La participación ciudadana, explicó, tiene su fundamento en la Constitución Federal, a través de diversas formas, como el acceso a la información pública, el derecho de petición y el derecho de ser votado.

Referente a este último, se realizaron diversas reformas en materia electoral en el año 2007, destacando el artículo 116, mismo que actualmente estableces que las Constituciones Locales y leyes en materia electoral de las entidades federativas, deberá garantizar el derecho exclusivo de los partidos político para solicitar el registro de los candidatos a cargo de elección popular.

Esta disposición jurídica muestra una contradicción con los artículos 35 y 41 de nuestra máxima ley como mexicanos y restringe el derecho de cualquier ciudadano de ser votado solamente a nivel local, toda vez que dicha disposición no es aplicable para cargos de elección popular federal, agregó