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APRUEBAN ACCIONES PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA
9 de Mayo 2011

APRUEBAN ACCIONES PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA

Monterrey, 9 de Mayo 2011
A fin de garantizar el derecho de los menores a una vida plena, la LXXII Legislatura aprobó, por unanimidad, reformas al Código Civil para poder establecer el monto de la pensión alimenticia cuando no existen ingresos comprobados.

Con la modificación al párrafo tercero del artículo 311, propuesta por el diputado Juan Carlos Holguín Aguirre, el juez deberá atender al nivel de vida que el deudor y sus acreedores hayan observado en los últimos dos años.

Señala, que en nuestro Código Civil no existe un tabulador para fijar una pensión alimenticia por parte del Juez que conoce del juicio, por ello se le concede dicha facultad al Juzgador.

"En este sentido surge la problemática para el Juez, ya que nuestro sistema jurídico no establece los casos de cuando el deudor alimentario sea parte del comercio informal, o trabajador eventual, de ahí la dificultad de calcular un monto para establecer la pensión alimenticia", expresa el documento.

El Decreto, fue presentado ante la Asamblea Legislativa por el diputado Héctor García García, presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, a donde fue turnado el mismo para su análisis.

Con estas reformas, los jueces tendrán facultades para fijar el monto de las pensiones alimenticias a los deudores que mediante engaños esconden sus ingresos o no tienen manera de comprobarlos.

Anteriormente, el Código Civil no establecía cómo fijar la pensión alimenticia sin sujetarse solamente al ingreso comprobable, ahora, con las reformas aprobadas se podrán establecer con los signos externos que le otorgan riquezas no comprobables al deudor alimenticio y que de alguna manera se podían ocultar.

Cabe destacar que ha sido una encomienda de esta legislatura la protección de grupos vulnerables, como en este caso lo son las mujeres y los menores de edad, creando mesas de trabajo con profesionales en la materia para su estudio.

"Al aprobarse la iniciativa en comento, estaremos actualizando nuestro marco jurídico estadual, ajustando nuestra legislación civil con las diversas Jurisprudencias emanadas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación", puntualizó García García.

El Decreto aprobado al pie de la letra dice que, "Cuando no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario, el Juez estimará las ganancias de éste con base en los signos exteriores de riqueza que demuestre o en la capacidad económica y respecto al nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en los últimos años".

Para a hablar a favor del dictamen, participaron los diputados Tomás Montoya Díaz, Juan Carlos Holguín Aguirre, Jorge Santiago Alanís Almaguer y Homar Almaguer Salazar, coincidiendo en el gran avance, que representa esta reforma al proteger a las mujeres y a los menores,  

SOLICITAN CREAR PADRÓN DE DEUDORES ALIMENTICIOS

Además, el Congreso del Estado, aprobó el envío de un exhorto al Tribunal Superior de Justicia, para que los titulares de los Juzgados en materia familiar del Poder Judicial envíen recordatorios  a los obligados a dar alimentos.

Esto con el objeto de recordarles la importancia del cumplimiento de esta obligación, de sus beneficios al darlos y sus consecuencias al no hacerlo.

Este punto de acuerdo, fue propuesto por la diputada Blanca Armendáriz Rodríguez, y presentado por el diputado Mario Emilio Gutiérrez Caballero.

Señala, Armendáriz Rodríguez, que frecuentemente los deudores alimenticios incumplen con la obligación de dar la pensión.

Por tal motivo, la legisladora propone, que los jueces competentes que tengan conocimiento del incumplimiento de la sentencia de alimentos, hagan revisión de los expedientes y en periodos no mayores de seis meses,  envíen recordatorios a todos los deudores alimentistas.

También, se solicita sea creado un padrón de deudores alimenticios, como una forma de transparencia al exhibir a quienes no están cumpliendo.