Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN EN COMISION DICTAMEN DE LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL
18 de Agosto 2011

APRUEBAN EN COMISION DICTAMEN DE LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL

Monterrey, 18 de Agosto 2011
Para garantizar la protección integral de los animales que se encuentren dentro del territorio del Estado de Nuevo León, fue aprobado el dictamen de la nueva Ley de Protección y Bienestar Animal.

Este dictamen es el resultado del esfuerzo realizado durante casi un año a través de cinco mesas de trabajo, donde estuvieron involucrados Estado, Municipios, Asociaciones Civiles y ciudadanos en general interesados en el tema, aportando sus ideas e inquietudes para la integración de esta Ley.

Al quedar en primer lugar y posicionarse como la iniciativa de ley más votada en el ejercicio de participación ciudadana "Tu Palabra es la Ley", el Congreso del Estado acordó realizar mesas de trabajo para someter a análisis y dictamen una nueva ley.

"Hoy estamos cumpliendo con ese compromiso, diciéndole a la ciudadanía que su voz sí tiene peso en este Congreso", dijo el diputado Juan Carlos Holguín Aguirre, quien presidió los trabajos de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Una de las principales bondades que busca esta Ley, es evitar la proliferación de perros y gatos callejeros, ahora, queda prohibida la venta de los animales en la vía pública, además de que todos los criaderos o los que se quieran dedicar a esta actividad, deberán vender esterilizados y registrados a los animales de compañía ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

También, en caso de que el animal sea catalogado como altamente peligroso, el dueño deberá de contratar un seguro de riesgos, así como estar identificados permanentemente con un tatuaje y su placa por si cometen algún daño.

En cuanto a los circos, queda prohibido la exhibición y promoción de estos establecimientos utilizando los animales, además se deberá procurar copiar el hábitat natural del animal.

Los Municipios  harán las reformas necesarias para ajustar sus reglamentos a las disposiciones de esta Ley, que entrará en vigor a los 180 días siguientes a su publicación en el Periódico Oficial del Estado, siendo estos y la Secretaría de Desarrollo Sustentable, las dependencias encargadas de establecer las sanciones por su incumplimiento.