Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN CREACIÓN DE PROCURADURIA EN DEFENSA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
21 de Diciembre 2011

APRUEBAN CREACIÓN DE PROCURADURIA EN DEFENSA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Monterrey, 21 de Diciembre 2011
Con el objeto de procurar los derechos de las personas con discapacidad, desde su prevención y atención, la LXXII Legislatura del Congreso aprobó la creación de la Procuraduría de la Defensa de las Personas con Discapacidad del Estado de Nuevo León.
 
Esta procuraduría busca centralizar el apoyo a este grupo vulnerable, buscando que toda persona con discapacidad goce del respeto a su integridad física y mental en igualdad de condiciones.
 
Desde hace varias décadas en el Estado se realizan acciones  para su integración plena a la sociedad, principalmente en los ámbitos de salud y educación, para lo cual en Nuevo León se han emitido leyes para reconocer, difundir, proteger y garantizar  el acceso a todos  sus derechos, como lo son la Ley de Personas con Discapacidad, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y la Ley de la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León.
 
"Aún falta erradicar la discriminación e incluso, los malos tratos de que son objeto, por tal razón consideramos adecuada la propuesta de crear la Procuraduría de la Defensa de las Personas con Discapacidad en Nuevo León, ya que se concentraría en una sola instancia para atenderlas y darles seguimiento hasta obtener una respuesta satisfactoria a las demandas", señaló la diputada Alicia Margarita Hernández Olivares, presidenta de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables. 
 
La Procuraduría, será un Órgano Administrativo Público Desconcentrado, que dependerá del Sistema para el Desarrollo Integral para la Familia (DIF), y que contará con presupuesto propio de 1 millón 500 mil pesos para cumplir con su propósito. 
 
Con la reforma al artículo 49 de la Ley de Personas con discapacidad de Nuevo León, se establece que el Consejo integrará, en coordinación con la Procuraduría de la Defensa de las Personas con Discapacidad, un Programa Estatal de Prevención, Atención e Integración, así como proponer los lineamientos y mecanismos para su ejecución.
 
La Procuraduría, podrá hacer uso del apercibimiento, auxilio de la fuerza pública y arresto hasta por treinta y seis horas, para hacer cumplir sus atribuciones y el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y, en caso de violar la misma, podrá dar vista a la autoridad competente para que proceda a su investigación y, en su caso, a la sanción de esta violación.
 
El Procurador de la Defensa de las Personas con Discapacidad, deberá ser nombrado en un plazo no mayor de 90 días naturales siguientes a su entrada en vigor.