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APRUEBA COMISIÓN DE JUSTICIA REFORMAS AL CÓDIGO PENAL POR DELITO DE ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN
25 de Marzo 2013

APRUEBA COMISIÓN DE JUSTICIA REFORMAS AL CÓDIGO PENAL POR DELITO DE ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN

Monterrey, 25 de Marzo 2013
Los integrantes de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública aprobaron por unanimidad las reformas al Código Penal para ampliar el delito de encubrimiento por receptación.

Los diputados avalaron las modificaciones al artículo  411 del Código Penal que consisten en imponer sanciones cuando el producto comprendido en el delito sea patrimonial y no sólo por robo como está actualmente.

 "Todos aquellos daños patrimoniales como por ejemplo el delito de fraude, para que el comprador tenga la precaución de verificar todos aquellos datos normativos que indiquen que la procedencia de la propiedad sea lícita.

"Es decir, aquí el comprador del producto de cualquier índole tiene que cerciorarse que el bien que está adquiriendo cumpla con los requisitos de normatividad", explicó  Francisco Cienfuegos Martínez, Presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública.

Las reformas al Código Penal consisten en imponer sanciones de 2 a 6 años de prisión y multa de 50 a 300  salarios mínimos cuando el valor del producto no exceda de 500 cuotas y de 5 a 10 años de prisión y multas de 300 a mil 500 salarios mínimos cuando exceda las 500 cuotas.

Durante la Comisión, los Legisladores también aprobaron por unanimidad un exhorto al Secretario General de Gobierno; en su carácter de presidente del Consejo de Seguridad Pública del Estado y al Procurador General de Justicia, para que en forma expedita implementen la reglamentación del Protocolo de Seguridad para el caso de menores desaparecidos  conocido como "Código Ámbar".

Lo anterior, para que de manera coordinada con los cuerpos de seguridad pública de la Federación, Estado y Municipios, así como los medios de comunicación, sobre todo los electrónicos, actúen de forma uniforme ante la denuncia ciudadana de la comisión de este delito.