Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBA CONGRESO REFORMAS AL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR EL DELITO DE ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN
9 de Abril 2013

APRUEBA CONGRESO REFORMAS AL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR EL DELITO DE ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN

Monterrey, 9 de Abril 2013
El Congreso del Estado aprobó por mayoría reformas al Código Penal para precisar y clasificar el delito de encubrimiento por receptación.

Durante la sesión de este martes, el Diputado Francisco Cienfuegos Martínez presentó el dictamen de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública que contiene la reforma al artículo 411 del Código Penal.

Las modificaciones al Código Penal contenidas en el dictamen establecen que se impondrá de 2 a 7 años de prisión y de 50 a 300 cuotas de multa a quien después de la ejecución de un delito y sin haber participado en él, adquiera posea, desmantele, venda, enajene, trafique, comercialice, pignore, reciba, traslade, use u oculte el o los instrumentos, objetos o productos del delito con conocimiento de estas circunstancias si el valor no excede de 500 cuotas.

Así como también, si el valor es de 500 cuotas o superior se impondrá de 5 a 10 años de pena privativa de libertad y multas de 300 cuotas a mil 500 cuotas.

Las reformas al Código Penal incluyen también que se impondrán de 1 a 3 años de prisión y de 50 a 200 cuotas cuando una persona después de la ejecución de un delito, sin haber participado en él, adquiera el instrumento, objeto o producto del ilícito sin haber adoptado las precauciones indispensables para cerciorarse de su procedencia o para asegurarse de que la persona de quien la recibió tenía derecho para disponer de ella.

"Se presume que no se tomaron las precauciones indispensables cuando por la edad o por condición económica del que ofrece la cosa o por la naturaleza o valor de ésta o por el precio en que se ofrece se infiera que no es propiedad del mismo", expresó el Legislador Francisco Cienfuegos.

El dictamen también cita que "para determinar el valor del objeto, instrumento o producto del delito se atenderá  el valor de reposición, si por la naturaleza o particularidades del mismo no es posible determinar dicho valor se atenderá a su valor de mercado".

Por otra parte, los Legisladores aprobaron por mayoría las cuentas públicas del ejercicio fiscal 2009 del Instituto del Agua y del 2010 de las Universidades Tecnológicas Santa Catarina y General Mariano Escobedo.