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APRUEBA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN REFORMAS PARA BENEFICIAR A VÍCTIMAS DE FAMILIARES DESAPARECIDOS
12 de Diciembre 2013

APRUEBA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN REFORMAS PARA BENEFICIAR A VÍCTIMAS DE FAMILIARES DESAPARECIDOS

Monterrey, 12 de Diciembre 2013
La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales aprobó por unanimidad reformas al Código Civil, a fin de agilizar la declaratoria de presunción de muerte, y así beneficiar a los deudos de personas desaparecidas para que puedan gozar de ciertos derechos, como pensión,  infonavit, entre otros.

Con la modificación al artículo 705 del Código Civil se disminuye de tres años a seis meses el período de tiempo para que el juez haga la declaratoria de presunción de muerte cuando una persona desaparece.

"La presunción de muerte se transcurre en tres años, entonces el dolor de quienes han tenido al desgracia de perder en situaciones no conocidas por ellos, porque eso sería una desaparición, es que con el paso del tiempo se pierden los derechos que generó su cónyuge, como un  infonavit, pensión.

"Lo que estamos haciendo es acelerando el tiempo de esta resolución, que en vez de tardarse tres años, se tarde seis meses", explicó José Adrián González Navarro, presidente de la Comisión.

Para que el juez acredite la presunción de muerte la persona debe haber puesto la denuncia correspondiente y haber transcurrido los seis meses que establece la reforma.

En esta reforma se aplicaría un artículo transitorio al Código para que se pueda hacer la declaratoria de presunción de muerte  en aquellos casos que sucedieron antes de esta modificación a dicho marco jurídico.

"La reforma busca beneficiar, que quede claro que todo aquel que esté en un proceso o una problemática de familiar desaparecido tenga el beneficio de una vez", dijo González Navarro.