Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PRESENTA MARCO GONZÁLEZ PROPUESTA DE LEY DEL MINISTERIO PÚBLICO
30 de Noviembre 2016

PRESENTA MARCO GONZÁLEZ PROPUESTA DE LEY DEL MINISTERIO PÚBLICO

Monterrey, 30 de Noviembre 2016

El Coordinador Marco Antonio González, presentó en el Pleno, la iniciativa de Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Nuevo León, con la cual se sientan las bases para el Sistema Estatal Anticorrupción, previéndose nuevas bases constitucionales para la estructura, organización y funcionamiento de la institución.


Marco Antonio González, señaló que con esta ley, se regula y se establecen las figuras del Fiscal General de Justicia en el Estado y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, ambos, completamente autónomos.


"Esta ley establece la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León, como un órgano constitucionalmente autónomo del Estado, independiente del Poder Ejecutivo, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía presupuestal, técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines.


"También establece la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, como un órgano con autonomía financiera, técnica, de gestión y operativa para investigar y perseguir los hechos que la ley considera como delitos por hechos de corrupción", señaló Marco Antonio González.


El legislador informó que el pasado 15 de marzo, el Congreso aprobó en una segunda vuelta, las reformas a la Constitución local para crear el Sistema Estatal Anticorrupción y el 9 de noviembre se presentó una iniciativa para reformar diversos artículos de este mismo ordenamiento.


Además se establecen las Unidades Administrativas mínimas que integrarán tanto la Fiscalía General de Justicia como la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción así como la forma de nombrar y remover al Fiscal General de Justicia y al Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, siendo designados mediante convocatoria pública que deberá emitirse por lo menos por la mayoría de los integrantes del Congreso del Estado.


"El Fiscal General y el Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción deberán cumplir con los requisitos constitucionales y de Ley que se establecen y serán designados por el Congreso del Estado de entre una terna cuando menos por mayoría de las dos terceras partes de los miembros del Congreso".


"Se prevén las causas graves por las cuales pueden ser removidos de su cargo por el Congreso del Estado el Fiscal General de Justicia y al Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción".


"Se establecen los requisitos generales de ingreso como servidor público de la Fiscalía General de Justicia y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción en cualquier puesto, así como requisitos adicionales para el caso de Agente del Ministerio Público, agente de la Policía Ministerial, entre otros", manifestó el diputado.


Marco Antonio González, agregó que se establece el Servicio de Carrera de Procuración de Justicia, misma que debe caracterizarse por un alto grado técnico y de especialización en sus operadores.