Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PROPONEN LEY DE APARATOS AUDITIVOS GRATUITOS
17 de Octubre 2017

PROPONEN LEY DE APARATOS AUDITIVOS GRATUITOS

Monterrey, 17 de Octubre 2017

Con el fin de elevar la calidad de vida de los ciudadanos que padecen algún problema auditivo, los Legisladores Ludivina Rodríguez y José Luis Garza propusieron que se cree la Ley de Aparatos Auditivos Gratuitos para el Estado de Nuevo León.

En la exposición de motivos, la Diputada Ludivina Rodríguez informó que en México existen aproximadamente 2.4 millones de personas con sordera, de los cuales, 84 mil 957 son menores de 14 años. De la cantidad mencionada solo 54 mil 372, asiste a la escuela, según datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica de 2014.

En la Ley de Aparatos Auditivos Gratuitos para el Estado de Nuevo León se establece:

Se propone que los servidores públicos responsables de la ejecución de esta Ley en su aplicación deberán actuar con apego a los principios de universalidad, igualdad, equidad social, justicia distributiva, integralidad, territorialidad, exigibilidad, participación, transparencia, efectividad y buena fe.

Se obliga al Gobernador del Estado, incluir en el proyecto de presupuesto de egresos, el monto que habrá de aplicarse a este Programa.

Se obliga a la Secretaría de Desarrollo Social a que cuente con el expediente físico y digitalizado de cada derechohabiente integrante del Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos, para constatar el cumplimiento de los requisitos que se establezcan en la presente Ley así como Instrumentar la creación de un sistema informático que permita contar con un padrón único que incorpore la totalidad de derechohabientes del Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos.

Se propone que todas las personas en el Estado de Nuevo León, que por prescripción médica lo necesiten, tendrán derecho a recibir gratuitamente aparato auditivo.

Se establece una serie de requisitos para los solicitantes tales como: solicitud correspondiente, que para el efecto emita la Secretaria de Desarrollo Social y que en el caso de los menores de edad, dicha solicitud deberá ser presentada por los padres o tutores del menor, con la acreditación correspondiente; presentar acta de nacimiento e identificación para el caso de los menores de edad o en su caso credencial de elector que permita acreditar residencia en el Estado; someterse de manera voluntaria a una revisión auditiva, a realizarse dentro de las instalaciones que la Secretaría de Salud destine para el Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos, en los horarios y fechas establecidas en el cronograma aprobado previamente.

La propuesta de ley fue turnada a la Comisión de Legislación para su estudio y dictamen.