Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
ACUERDAN REDUCIR TIEMPOS DE PUBLICACIÓN DE REFORMAS, LEYES Y DECRETOS
30 de Abril 2018

ACUERDAN REDUCIR TIEMPOS DE PUBLICACIÓN DE REFORMAS, LEYES Y DECRETOS

Monterrey, 30 de Abril 2018

El Congreso del Estado aprobó en segunda vuelta reducir los tiempos de publicación de reformas, leyes y decretos aprobados por el Poder Legislativo.

La diputada Yanira Gómez dio lectura al expediente 10950/LXXIV que contiene la reforma por modificación y adición de un párrafo segundo al artículo 71, y adición de un artículo 71 BIS a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.

A favor del dictamen se manifestaron los coordinadores Rubén González y Marco González.

"Aprobada la ley o decreto se enviará al Gobernador para su publicación. Si éste lo devolviere con observaciones dentro de diez días volverá a ser examinado, y si fuere aprobado de nuevo por dos tercios de los Diputados presentes pasará al Gobernador, quien lo publicará sin demora. Transcurrido aquél término sin que el Ejecutivo haga observaciones se tendrá por sancionada la ley o decreto, y deberá ser publicado en un plazo máximo de veinte días, contados a partir de la fecha en que lo haya recibido. Tratándose de reformas a esta Constitución o a las leyes señaladas en su artículo 152, el Ejecutivo contará con un plazo máximo de cinco días para publicarlas", expresó Marco González.

"Cuando el Ejecutivo incumpla con los plazos previstos en el presente artículo, la ley o decreto será considerado promulgado, sin que se requiera refrendo, y el Presidente del Congreso ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Periódico Oficial del Estado debiéndose hacer al día siguiente".