Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PRESENTA MODIFICACIONES A LEY DEL NOTARIADO
4 de Abril 2018

PRESENTA MODIFICACIONES A LEY DEL NOTARIADO

Monterrey, 4 de Abril 2018

El diputado Gabriel Tláloc Cantú Cantú presentó iniciativa de reforma a la Ley del Notariado del Estado de Nuevo León.

Durante la exposición de motivos, Gabriel Tláloc Cantú señaló que en el ejercicio de la función notarial, la razón del suplente tiene como finalidad permitir la continuidad de la función encomendada, cuando se ausente el Titular.

El Notario Suplente actuara bajo su propia responsabilidad y tendrá igual capacidad funcional que la del Titular, en consecuencia, los instrumentos que autorice, tendrán la misma eficacia jurídica y valor probatorio que los autorizados por el Titular.

La designación de Notario Suplente podrá ser expedida por el Ejecutivo del Estado, siempre que el aspirante reúna los requisitos y haya cumplido las formalidades previamente establecidas para ser notario, se cree necesario adecuar la legislación notarial actual, en aras de permitir al Notario Público Suplente sustituir al Notario Público Titular cuando este necesite definitivamente terminar su cargo, no contemplo ningún inconveniente al solicitar que el examen de conocimiento para poder ejercer como Notario Titular se puede omitir ya que se estaría solicitando tres años ininterrumpidos de experiencia que justifiquen el conocimiento práctico lo cual será garantía de eficiencia y seguridad jurídica.

"Cuando ocurra la renuncia, muerte, separación o terminación definitiva del Notario Público Titular de una Notaria que cuente con un Notario Público Suplente, que haya ejercido ininterrumpidamente como tal durante los últimos 3 años, este sustituirá al Notario Público Titular sin someterse al examen teórico y práctico, el Gobernador del Estado ordenara la publicación de su nombramiento como nuevo Notario Público Titular, en el Periódico Oficial del Estado", propuso Tláloc Cantú.

"Cuando estuviere vacante una Notaria que no cuente con Notario Público Suplente, si este no llenare el requisito a que se refiere el párrafo que antecede o cuando fuere creada por el Ejecutivo del Estado, este hará la designación correspondiente en los términos de esta Ley".

La Comisión de Legislación será la encarga de analizar la iniciativa de reforma al Artículo 20 de la Ley del Notariado.

El diputado Marco Martínez se suscribió a la iniciativa.