Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PRESENTA INICIATIVA DE REFORMA AL CÓDIGO CIVIL
11 de Septiembre 2018

PRESENTA INICIATIVA DE REFORMA AL CÓDIGO CIVIL

Monterrey, 11 de Septiembre 2018

Con el fin de incrementar el monto de indemnización a un millón setecientos sesenta y siete mil doscientos pesos por un fallecimiento, el diputado Luis Susarrey presentó iniciativa de reforma que pretende la homologación de las indemnizaciones conforme al artículo 15 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de Nuevo León.

Durante la presentación de la iniciativa, el diputado Luis Susarrey propuso que se reformarán los artículos 1812 bis III y 1813 del Código Civil del Estado.

"En el caso del artículo anterior, el responsable pagará además, una indemnización que será conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo para el cálculo de la misma, la cual deberá ser proporcional a la necesidad de la víctima y a la capacidad de quien está obligado a pagarla, sin que pueda llegar a constituir una suma que lesione los legítimos derechos de la familia de quien infiera el daño. Para calcular la indemnización que corresponda se tomará como base el cuádruplo del salario mínimo diario más alto que esté en vigor en la región y se extenderá al número de días que para cada una de las incapacidades mencionadas señala la Ley Federal del Trabajo.

"Independientemente de los daños y perjuicios del fallecido o lesionado, el Juez acordara a favor de la víctima de un hecho ilícito, o de su familia una indemnización equitativa, a título de reparación moral o daño moral, que pagara el responsable del hecho. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas".

Actualmente a nivel nacional existen nueve estados como lo son Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Distrito Federal, Guerrero, Michoacán, Querétaro, San Luis Potosí, y Yucatán que ya cuentan con la base del cuádruplo del salario mínimo de la Ley Federal del Trabajo para efecto de indemnizar un fallecimiento conforme al Código Civil para cada Estado de la República por lo que Nuevo León se encuentra rezagado en dicha reforma y la presente pretende actualizarlo.

El fin último que se persigue con la presente es adecuar la legislación civil para precisar los montos a indemnizar respecto de las omisiones y negligencias en el tema de responsabilidad civil y el daño moral que se le provoca a ciudadanos, además que en caso de fallecimiento los familiares de las víctimas del fallecido se les compensará de forma más significativa.

Las modificaciones al Código Civil fueron turnadas a la Comisión de Legislación para su análisis y estudio correspondiente.