Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
URGEN A ACELERAR REPARACIÓN DE DAÑOS EN VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS
27 de Noviembre 2018

URGEN A ACELERAR REPARACIÓN DE DAÑOS EN VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS

Monterrey, 27 de Noviembre 2018

El Diputado Luis Donaldo Colosio Riojas presentó una iniciativa ante el pleno, derivada de la necesidad de contar con un cuadro normativo que establezca una vía directa de acceso a la reparación del daño de las víctimas de violaciones a derechos humanos.

"Recordemos que los Derechos Humanos no se negocian, no se ruegan, no se piden; que son inalienables e imprescriptibles, por lo que una vez que éstos fueron vulnerados por la autoridad, no podemos hacer menos que facilitarles el acceso a una reparación del daño lo más pronta y expedita posible", mencionó el Diputado. 


Por lo que se propone la reforma por adición de dos párrafos al Artículo 46 de la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León que dice.- Las víctimas de violaciones a los derechos humanos serán compensadas en los términos y montos que determine la resolución o recomendaciones que emita en su caso:

I. Un órgano jurisdiccional nacional o estatal;
II. Un órgano jurisdiccional internacional o reconocido por los Tratados Internacionales ratificados por México;
III. Un organismo público nacional o estatal de protección de los derechos humanos; y
IV. Un organismo internacional de protección de los derechos humanos reconocido por los Tratados Internacionales ratificados por México, cuando su resolución no sea susceptible de ser sometida a la consideración de un órgano jurisdiccional internacional previsto en el mismo tratado en el que se encuentre contemplado el organismo en cuestión.

Lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas que los mismos hechos pudieran implicar y conforme lo dispuesto por la presente Ley.

En los casos de víctimas de delitos se estará a lo dispuesto en los montos máximos previstos en el artículo 48 de esta Ley.

"Cuando no exista la determinación de un monto de compensación fijado por las autoridades y organismos señalados, corresponderá a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas el fijar dicho monto, atendiendo a lo dispuesto por los estándares internacionales que contemplan los tratados en materia de Derechos Humanos y la jurisprudencia que emita la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siempre que nuestro país sea suscriptor ratificado de éstas. 


"Los montos a los que se refiere el párrafo anterior jamás serán fijados bajo criterios limitativos, sino se atenderá en todo momento a la interpretación más favorable a la víctima de violaciones a derechos humanos por parte de agentes del Estado; ello atendiendo a la interpretación pro persona que debe hacerse en todos los asuntos de la materia", finalizó Luis Donaldo Colosio.