Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
AMPLIAN LA EXTINCIÓN DE DOMINIO A DELITOS DE HUACHICOLEO, CORRUPCIÓN Y OTROS
13 de Febrero 2019

AMPLIAN LA EXTINCIÓN DE DOMINIO A DELITOS DE HUACHICOLEO, CORRUPCIÓN Y OTROS

Monterrey, 13 de Febrero 2019

Los diputados de la LXXV Legislatura aprobaron por unanimidad la Minuta con Proyecto de Decreto, enviado al Congreso del Estado por la por la Diputada Lizeth Sánchez García, Secretaria de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo Federal, la cual contiene la aprobación que hizo el Congreso Federal de la reforma al artículo 22 y la fracción XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio.

El artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos establece que para modificar la Constitución Federal, se requiere el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso de la Unión y que además, éstas sean aprobadas por la mayoría de las Legislaturas de los Estados.

En ese tenor, el Congreso del Estado avaló la ampliación de la extinción de dominio aprobada por el Congreso de la Unión, a fin de incluir nuevos delitos susceptibles de modalidad jurídica.

"La acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función. La Ley establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad el destino y, en su caso, la destrucción de los mismos" comentó el Diputado Jorge de León, quien dio lectura al dictamen aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.", concluyó el Diputado De León.

Asimismo, se especificó en el dictamen aprobado que se garantizará a quien se considere afectado, el acceso a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legítima del bien sujeto al procedimiento de extinción de dominio.