Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PROPONEN DEROGAR ARTÍCULO 106 DE LA CONSTITUCIÓN ESTATAL
21 de Agosto 2019

PROPONEN DEROGAR ARTÍCULO 106 DE LA CONSTITUCIÓN ESTATAL

Monterrey, 21 de Agosto 2019

La Diputada María Dolores Leal presentó una iniciativa de reforma para derogar el artículo 106 de la Constitución local, a fin de que el titular del Poder Ejecutivo pueda ser juzgado, durante el tiempo que dure su encargo, por los delitos que cometa.

En la Legislatura anterior se aprobaron diversas reformas al texto constitucional para crear el sistema Estatal Anticorrupción; sin embargo, por omisión no derogaron el artículo señalado, mediante el cual se mantiene la inmunidad al Gobernador del Estado.

"En sesión ordinaria del pleno, el nueve de marzo de 2017, la Septuagésima Cuarta Legislatura, al H. Congreso del Estado, aprobó diversas reformas a la Constitución Política del Estado, con el objeto principal de establecer las bases constitucionales para crear el Sistema Estatal Anticorrupción" mencionó la Diputada Leal Cantú.

Para ello se reformaron los artículos 53, 110 y 112 de la Constitución Política del Estado. En el artículo 53 se eliminó el fuero constitucional a los diputados; en el 110 se agregó al Gobernador del Estado para que sea sujeto de juicio político y en el 112 se eliminó el requisito de la declaración de procedencia para estar en posibilidades de proceder penalmente contra el titular del Poder Ejecutivo y los demás funcionaros.

También se eliminó el antepenúltimo párrafo del mismo artículo en el cual se establecía que el Gobernador sólo habrá de ser acusado en los términos del artículo 106, en cuyo caso se resolverá en los términos de la legislación penal aplicable.

El artículo 106 constitucional señala, textualmente que "el Gobernador del Estado solo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común durante el ejercicio de su encargo".

"Como se observa este artículo otorga inmunidad procesal al gobernador del estado, al establecer que sólo puede ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común; pero no puede ser acusado por delitos del fuero común; lo que lo convertía en personaje intocable, concluyó la legisladora María Dolores Leal."

La iniciativa se turnó para su estudio a la Comisión de Puntos Constitucionales.