Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
AMPLÍAN DERECHOS DE ADULTOS MAYORES
28 de Octubre 2019

AMPLÍAN DERECHOS DE ADULTOS MAYORES

Monterrey, 28 de Octubre 2019

Con el propósito de mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores, la Diputada Tabita Ortiz Hernández presentó un dictamen para adicionar un párrafo al artículo 3 bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Nuevo León.

Manifestó la legisladora que los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos coinciden con el promovente de la necesidad de ampliar dentro de la ley correspondiente, las referencias para asegurar la protección de la dignidad e integridad de las personas adultas mayores.

"La Organización Mundial de la Salud define maltrato como un acto único o repetido que causa daño sufrimiento a una persona de edad, o, incluso, a la falta de medidas apropiadas para evitarlo, que se produce dentro de una relación basada en confianza. Este tipo de violencia constituye una violación a los derechos humanos e incluye maltrato físico, psicológico, emocional, sexual; violencia por razones económicas o materiales; abandono, negligencia, menoscabo grave a la dignidad y la falta de respeto", señaló la Diputada Ortiz Hernández.

También dijo que en diversas investigaciones realizadas durante el 2018 en 28 países de diversas regiones y niveles socioeconómicos arrojó que 15,7% de las personas de 60 años o más han sido objeto de alguno forma de maltrato, sin embargo, este porcentaje es una subestimación, dado a que sólo uno de cada 24 casos de maltrato a adultos mayores es denunciado, principalmente por miedo a que su cuidador, usualmente un familiar, sea castigado.

"En ese tenor de ideas es que nos manifestamos a favor de la iniciativa propuesta, la que tiene por objeto adicionar un último párrafo al artículo 3 bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Estado de Nuevo León, la que tiene por fin prevenir cualquier tipo de violencia hacia el adulto mayor, haciendo énfasis a formas análogas de violencia a las ya mencionadas en dicho artículo, protegiendo la dignidad, integridad y libertad de los adultos mayores, con el fin de promover el principio de progresividad de los derechos humanos, el cual exige a las autoridades del Estado mexicano que, en el ámbito de su competencia, incremente el grado de tutela en la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos; a fin de que disfruten de una vida libre de violencia atendiendo a lo dictado en la Carta Magna, en nuestra Constitución Local y en los estándares internacionales" concluyó.