Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PROTEGERÁN PATRIMONIO FAMILIAR EN LOS CASOS DE DISOLUCIÓN MATRIMONIAL
28 de Abril 2020

PROTEGERÁN PATRIMONIO FAMILIAR EN LOS CASOS DE DISOLUCIÓN MATRIMONIAL

Monterrey, 28 de Abril 2020

El Congreso del Estado aprobó por unanimidad modificaciones al Código Penal del Estado, para sancionar a quienes oculten bienes muebles o inmuebles, con el fin de dañar gravemente la sociedad conyugal o el patrimonio común generado durante el matrimonio o concubinato.

"La principal consecuencia de la disolución del vínculo matrimonial es la afectación que sufren las niñas y niños por el abandono emocional del padre, pero se torna más difícil cuando se vulnera su derechos a la alimentación y se coloca a las madres de familia en desventaja, al quedarse sin los recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades de las hijas e hijos", señaló la Diputada Itzel Castillo Almanza, quién presentó el dictamen legislativo de dicha reforma.

Indicó que, cuando un matrimonio o concubinato se enfrenta a un divorcio o separación, los bienes materiales pueden resultar un problema ineludible cuando alguno de ellos, con el ánimo de perjudicar al otro, traspasa o los pone a nombre de otra persona o de algún familiar, afectando el patrimonio de Ia contraparte, así como a las hijas e hijos.

En virtud de ello, se aprobó incluir en el artículo 287 Bis del Código Penal del estado, como agravante de quien comete el delito de violencia familiar, la acción u omisión que daña intencionalmente el patrimonio o afecta la supervivencia de la víctima; que puede consistir en la enajenación, adquisición a nombre de terceros, transformación, sustracción, destrucción, retención, ocultamiento o distracción de objetos, documentos personales, bienes, valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar daños a bienes individuales y comunes.