Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
BUSCAN PROTEGER DE LA DISCRIMINACIÓN A PROFESIONALES DE LA SALUD
3 de Febrero 2021

BUSCAN PROTEGER DE LA DISCRIMINACIÓN A PROFESIONALES DE LA SALUD

Monterrey, 3 de Febrero 2021

La Diputada Alejandra García presentó ante el Pleno un dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, que contiene una reforma a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Nuevo León, en materia de protección a profesionales del sector salud.

"En Nuevo León se han dado casos de discriminación contra los trabajadores de la salud, debido a las preocupaciones sobre el contagio del COVID-19, fenómeno que es multifactorial, ya que es un problema estructural y estratégico que tiene sus raíces en factores sociales, económicos, organizacionales y culturales, lo que ha provocado más violencia", aseguró la Legisladora.

Es una obligación de las autoridades gubernamentales el proteger a dicho sector poblacional, proveyéndoles las herramientas necesarias para ello.

El Congreso del Estado aprobó la reforma para garantizar la no discriminación de las personas que laboran en el sector salud, derivados de su atención a casos de contingencias sanitarias.

Se reformó la fracción XXXVII y se adicionó la fracción XXXVIII, recorriéndose la actual fracción XXXVIII para ser la nueva fracción XXXIX del artículo 7, de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Nuevo León, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 7.-...

XXXVII. Implementar o ejecutar políticas públicas, programas u otras acciones de gobierno que tengan un impacto desventajoso en los derechos humanos de las personas;

XXXVIII. Promover, incitar o realizar violencia física o psicológica; estigmatizar, negar o impedir el acceso a cualquier servicio al personal del Sistema Estatal de Salud, los cuerpos que prestan servicios de emergencia en funciones de auxilio, durante el tiempo que corresponda a una contingencia sanitaria, emergencia o desastre natural declarado en términos de la Ley por la autoridad competente;

XXXIX. Incurrir en cualquier otro acto u omisión que tenga por objeto anular, impedir o menoscabar los derechos y libertades, la igualdad de oportunidades y de trato de las personas, así como atentar contra su dignidad.

El dictamen fue aprobado por unanimidad.