Gobierno del Estado de Nuevo León

Agenda Legislativa

Agenda Temática Mínima para el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LXXV Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León

Hcnl

Agenda Temática Mínima para el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LXXV Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León

EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, LXXV LEGISLATURA, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONCEDE EL ARTÍCULO 63, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EXPIDE EL SIGUIENTE:

ACUERDO

NÚM...... 066

Artículo Único.- Se aprueba la Agenda Temática Mínima para el Segundo Periodo Ordinario del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la actual LXXV Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León, a fin de ser sometida a consideración del Pleno, lo anterior de conformidad a lo establecido en el numeral 64 fracción III inciso b) segundo y tercer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, para quedar de la siguiente manera:


I. EJES ESTRATÉGICOS

• Sistema Estatal Anticorrupción.
• Transporte Publico, Desarrollo Urbano y Movilidad.
• Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente.
• Seguridad y Justicia.
• Desarrollo Social.
• Derechos Humanos.
• Participación Ciudadana.
• Educación.

II. REFORMAS CONSTITUCIONALES

• Participación Ciudadana.


III. NUEVAS LEYES

• Ley de Transporte y Movilidad Urbana.
• Ley del Cambio Climático.
• Homologación a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.


IV. REFORMA A DIVERSAS LEYES

• Ley de Fiscalización Superior del Estado.
• Código Penal.
• Ley Estatal de Educación.
• Ley Orgánica del Poder Legislativo.
• Ley para el Acceso a las Mujeres de una Vida Libre de Violencia.
• Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado.
• Ley Ambiental para el Estado de Nuevo León.
• Ley de Desarrollo Urbano.


V. ASUNTOS ORDINARIOS

• Revisión de cuentas Públicas.
• Rezago Legislativo.
• Atender las Reformas Emanadas del Congreso de la Unión.


T R A N S I T O R I O S


Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación.


Segundo.- Envíese al Ejecutivo para su debida publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Por lo tanto, envíese al Ejecutivo del Estado, para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.


Dado en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su Capital a los seis días del mes de febrero de dos mil diecinueve.

PRESIDENTE


DIP. MARCO ANTONIO GONZÁLEZ VALDEZ

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA

DIP. NANCY ARACELY OLGUÍN DÍAZ DIP. DELFINA BEATRIZ DE LOS SANTOS ELIZONDO