HONORABLE
ASAMBLEA:
A la Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo
Municipal le fue turnado, para su estudio y dictamen, en fecha 02 de
noviembre de 2009, el expediente 6082,
que contiene escrito presentado por diversos ciudadanos integrantes del
Ayuntamiento de la Administración 2006 - 2009 del Municipio de General Terán,
Nuevo León, en donde se solicita que sea revisada cuidadosamente la adquisición
de un terreno así como la cuenta pública de esa administración.
Con
el fin de ver proveído el requisito fundamental de dar vista al contenido de la
solicitud ya citada y según lo establecido en el artículo 47 inciso b) del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, quienes
integramos la Comisión de Dictamen Legislativo que sustenta el presente
documento, consignamos ante este Pleno los siguientes:
ANTECEDENTES
En el documento de análisis, los promoventes solicitan
a este Congreso que sea revisada la adquisición de un terreno de parte del
Municipio, así como la cuenta pública del mismo, toda vez que mencionan en
forma general irregularidades en el avalúo del terreno adquirido en perjuicio
de la hacienda pública.
Refieren que el terreno fue
comprado por el Municipio con la finalidad de hacer un fraccionamiento, practicándose un avalúo sobre una cantidad de
terreno la cual no coincidió físicamente y no se hizo el ajuste de acuerdo al
terreno existente.
De la misma forma comentan que se
hicieron ventas de lotes de terreno sin tener proyectos ejecutivos y proyectos
de ventas.
Analizada que ha sido la propuesta presentada por los
promoventes, y con fundamento en el artículo 47 inciso d) del Reglamento para
el Gobierno Interior del Congreso hacemos del conocimiento del Pleno las
siguientes:
CONSIDERACIONES
En
primer término, esta Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal, se
considera competente para conocer el presente asunto, de acuerdo a lo establecido en los artículos 66 y 70
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y según las
facultades que le son conferidas por el Reglamento para el Gobierno Interior
del Congreso del Estado, en su artículo 39, fracción XVII.
En lo que refiere a la integración del expediente con
el que se sustenta la solicitud, es necesario señalar que se conforma de los
siguientes documentos:
·
Copia fotostática de nota periodística de medio impreso de
fecha 28 de octubre de 2009.
·
Copia fotostática de acta de compra venta de terreno de fecha
20 de noviembre de 2007.
·
Copia fotostática de acta de rectificación de medidas y
ratificación de firmas de fecha 24 de julio de 2009.
·
Copia fotostática de pliego de observaciones hechos al
Municipio en relación al ejercicio 2007 de fecha 16 de octubre de 2009.
·
Copia fotostática de solicitud de cancelación de
rectificación de medidas de fecha 29 de octubre de 2009.
·
Copia fotostática de Factura por concepto de avalúo de
terreno de fecha 30 de noviembre de 2009.
Ahora bien, de las pruebas documentales
presentadas por los promoventes, puede deducirse que la operación de compra -
venta en cuestión, fue realizada en el año 2007, ejercicio el cual ya ha sido
analizado a detalle por parte de nuestro Órgano Fiscalizador, y en lo que
respecta al ejercicio 2008 es necesario recalcar que dicha cuenta ya ha sido
revisada en su totalidad, por lo que no nos encontramos en posibilidades de
para instruir de forma alguna al Órgano Fiscalizador ya que actualmente se
encuentran en poder de este Congreso, los
informes de resultados por la Auditoria
Superior del Estado. Esta misma situación se presenta respecto al ejercicio
fiscal 2009.
Respecto a la solicitud de
especial atención a la revisión de la cuenta pública de esa Administración
Municipal, es menester hacer notar que los promoventes no refieren un rubro en
especifico al cual se deba poner especial atención, por lo anterior es que esta
Comisión considera dejar sin materia dicha solicitud, en virtud de no
encontrarse argumentos y pruebas suficientes que acrediten daño al patrimonio
municipal.
Aunado
a lo anterior, conviene hacer notar que dicha administración ya ha concluido, razón
adicional por la cual consideramos dejar sin materia la solicitud de mérito.
En
atención a los argumentos vertidos por los suscritos al presente dictamen, de
acuerdo con lo que disponen los artículos 39 fracción XVII y 47 inciso d) del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León,
proponemos a esta Soberanía la aprobación del siguiente:
ACUERDO
Primero.- Queda sin
materia la solicitud de los promoventes referente a la revisión cuidadosa de la
adquisición de un terreno así como la cuenta pública de la administración 2006
- 2009 del Municipio de General Terán, por las razones vertidas en el cuerpo
del presente dictamen.
Segundo.- Comuníquese el presente al
interesado, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 124 del Reglamento
para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado.
Monterrey, Nuevo León a
COMISIÓN SEGUNDA DE
HACIENDA Y DESARROLLO MUNICIPAL
PRESIDENTE
dip. HUMBERTO GARCIA SOSA
|
DIP. VICEPRESIDENTE: |
DIP. SECRETARIO: |
|
LUIS ALBERTO
GARCIA LOZANO |
HOMAR ALMAGUER
SALAZAR |
|
DIP.
VOCAL: |
DIP.
VOCAL: |
|
CÉSAR GARZA
VILLAREAL |
BLANCA ESTHELA
ARMENDÁRIZ RODRÍGUEZ |
|
DIP. VOCAL: |
DIP. VOCAL: |
|
MARTHA DE LOS
SANTOS GONZÁLEZ |
DOMINGO RÍOS
GUTIÉRREZ |
|
DIP. VOCAL: |
DIP. VOCAL: |
|
MARÍA DEL CARMEN
PEÑA DORADO |
HERNÁN ANTONIO
BELDEN ELIZONDO |
|
DIP.
VOCAL: |
DIP.
VOCAL: |
|
OMAR ORLANDO
PÉREZ ORTEGA |
JORGE SANTIAGO
ALANÍS ALMAGUER |




