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6681/LXXII
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HONORABLE ASAMBLEA:

 

A la Comisión de Hacienda del Estado, el 29 de Noviembre del 2010, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente número 6681/LXXII, que contiene el Informe de Resultados de la revisión practicada por la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, a la Cuenta Pública del Organismo Público Denominado Promotora de Desarrollo Rural del Estado de Nuevo León correspondiente a su Ejercicio Fiscal 2009.

 

ANTECEDENTES:

 

PRIMERO: El artículo 63 fracción XIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, establece la facultad del H. Congreso del Estado, para fiscalizar, revisar, vigilar, evaluar, aprobar o rechazar según sea el caso, con el apoyo de su Órgano Técnico de Fiscalización, las Cuentas Públicas del Estado y los Organismos Autónomos, Descentralizados, Desconcentrados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública Estatal, previo informe que envíen el Gobernador y la representación legal de los Organismos y/o Fideicomisos, respectivamente.

 

En ese sentido, se tiene que en fecha 31 de Marzo del 2010, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, recibió la Cuenta Pública correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009 de la Promotora de Desarrollo Rural del Estado de Nuevo León para su estudio correspondiente.

 

En la revisión a la Cuenta Pública de referencia, y a efecto de estar en aptitud de que se cumplan con los objetivos definidos en el artículo 43 de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, y de conformidad con lo establecido en su artículo 44, se verificó si el Organismo y/o Fideicomiso efectuó correctamente sus operaciones, si presentó sus estados financieros en forma veraz y en términos accesibles de acuerdo con los principios de contabilidad aplicables al sector gubernamental; si cumplió en la aplicación de sus presupuestos y si alcanzó con eficacia los objetivos y metas fijadas en sus programas y subprogramas, conforme a su presupuesto de egresos y la normatividad que los rige.

 

Como resultado de lo anterior y con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7 fracción XXVI, 11 fracción XIII y 35 fracción I de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado tuvo a bien emitir el Informe de Resultados de la revisión a la Cuenta Pública 2009 de la Promotora de Desarrollo Rural del Estado de Nuevo León.

 

Incluyen en el mencionado Informe de Resultados, acorde con lo señalado en el artículo 50 de la citada Ley, el dictamen de la revisión a la Cuenta Pública, la evaluación de la gestión financiera y del gasto público, del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados, y del cumplimiento de las normas de información financiera aplicables; la comprobación de que la entidad se ajustó a lo dispuesto en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, y demás normas aplicables; el señalamiento en su caso de las irregularidades detectadas y las acciones emitidas, así como, observaciones derivadas de la revisión practicada y las aclaraciones a las mismas por la entidad fiscalizada, con el respectivo análisis de parte de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León y las recomendaciones correspondientes.

 

SEGUNDO: En relación a la evaluación de la gestión financiera y del gasto público, se consideró el Estado de Ingresos y Egresos y sus Presupuestos por el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, así como la disponibilidad al cierre del Ejercicio Fiscal y la deuda pública que la Promotora de Desarrollo Rural, presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

 

El registro de las operaciones efectuadas se realizó de acuerdo con las prácticas de contabilidad aplicables a este tipo de entidades gubernamentales.

 

El Estado de Ingresos y Egresos, la disponibilidad y la situación de la Deuda Pública se presentan de la manera siguiente:

 

CONCEPTO

IMPORTE

a) Activo

$ 39,118,135.00

b) Pasivo

$ 4,268,550.00

c) Patrimonio

$ 34,849,585.00

d) Ingresos no restringidos

$ 47,850,050.00

e) Costo de Ventas

$ 40,542,655.00

g) Gastos

$ 11,924,571.00

 

En cuanto a lo que corresponde a los activos, se muestra lo siguiente:

 

CONCEPTO

IMPORTE

Activo Circulante

 

Efectivo en caja y bancos.

$ 1,311,839.00

Inversiones en Valores de Realización Inmediata

$                     -

Cuentas por Cobrar:

 

Clientes

$ 1,011,000.00

Deudores diversos

$ 90,000.00

Gobierno del Estado

$                     -

Otros

$                -

Estimación p/cuentas incobrables

$ (20,000)

Otras cuentas por cobrar

$ 6,070,833.00

Inventarios

$1,914,579.00

Total Activo Circulante

$ 10,378,251.00

Activo no circulante

 

Terrenos

$ 3,024,000.00

Edificios

$ 991,083.00

Equipo de Transporte

$ 10,135,874.00

Mobiliario y Equipo de Oficina

$ 353,020.00

Equipo de Computo

$ 734,529.00

Herramientas

$ 430,190.00

Otros Activos

$ 361,242.00

Actualización de Activo Fijo

$ 173,422,319.00

Depreciación Acumulada

$(34,836,841.00)

Actualización de Depreciación Acumulada

$(160,413,349.00)

Gastos Anticipados

$ 108,289.00

Otros activos diferidos

$ 87,104.00

Amortización

$ (51,291.00)

Total Activo no Circulante

$ 28,739,884.00

Total Activo

$ 39,118,135.00

 

Ahora bien en cuanto a los pasivos, se detalla la siguiente tabla:

 

CONCEPTO

IMPORTE

A Corto Plazo:

 

Proveedores

$ 678,970.00

Acreedores diversos

 

Impuestos por Pagar

$ 764,749.00

Otras cuentas por pagar

$ 1,192,622.00

Total Corto Plazo:

$ 2,636,341.00

A Largo Plazo

 

Provisiones para pensiones, indemnizaciones y primas de antigüedad

 

$1,632,209.00

Total a Largo Plazo

$1,632,209.00

Total Pasivo:

$ 4,268,550.00

 

Para el desarrollo de la revisión a la información antes mencionada, el Órgano Técnico y Superior de Fiscalización y Control Gubernamental, aplicó una serie de procedimientos enfocados a asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, y que su presentación y registro estuvo conforme a las normas de información financieras aplicables a este tipo de entidad, además de que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y al cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en los programas.

 

Con la evaluación, el Auditor General del Estado de Nuevo León concluye que la información proporcionada por la Promotora de Desarrollo Rural del Estado de Nuevo León como Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2009, presenta razonablemente el manejo, custodia y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general de los recursos públicos.

 

TERCERO: En lo que concierne al punto de evaluación del avance o cumplimiento a los programas y subprogramas aprobados, se observó variación en los indicadores presentados por el Organismo, así como. La explicación a las mismas.

 

CUARTO: En el apartado de cumplimiento de las disposiciones normativas y de las leyes de información financiera aplicables, se concluye que la presentación de la Cuenta Pública, fue de acuerdo con las normas de información financiera aplicables y se apegó al cumplimiento de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León, así como la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León y demás ordenamientos aplicables en la materia.

 

QUINTO.- En el apartado de señalamiento de irregularidades, el Órgano Técnico Fiscalizador, no destacó observaciones que causen daños y perjuicios a la Hacienda Pública del Estado ni tampoco incumplimientos a lo dispuesto en diversos ordenamientos legales; así mismo, no detectó fallas que ameriten la emisión de acciones de recomendación con mejora.

                                                     

SEXTO.- Una vez que hemos dado cuenta del contenido del Informe de Resultados y de los comentarios que al efecto realizó el Órgano de Fiscalización, y de conformidad con lo previsto en el artículo 47 inciso c) del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, los integrantes de esta Comisión, a efecto de sustentar el resolutivo que se propone, nos permitimos consignar las siguientes:

 

CONSIDERACIONES:

 

PRIMERA: La Comisión de Hacienda del Estado, es competente para analizar el Informe de Resultados de mérito, de acuerdo con lo establecido en los numerales 70 fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León y 39 fracción XV, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León.

 

SEGUNDA: El Órgano Técnico de Fiscalización cumplió en su revisión con lo previsto por los artículos 43 y 44 de la Ley de Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

 

Constatamos que el Informe del Organismo Público en mención, contiene los comentarios generales que se estipulan en el artículo 50 de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León respecto a los resultados de su gestión financiera, que se ajustaron a los criterios señalados en las Leyes, presupuestos y demás disposiciones aplicables, así como al cumplimiento de los objetivos generales y metas de los programas y subprogramas aprobados.

 

TERCERA: En relación al apartado VI del Informe de Resultados, es de importancia destacar que no se encontraron irregularidades, que causen daño y perjuicio a la Hacienda Pública del Estado, ni tampoco se destacan fallas administrativas y de control interno por parte de al Promotora de Desarrollo Rural del Estado de Nuevo León, que ameriten la emisión de recomendación para mejora por parte del Órgano Técnico Fiscalizador al Organismo.

 

CUARTA: Ahora bien, queda por resolver sobre la aprobación o rechazo de la cuenta que nos ocupa, a cuyo efecto debemos considerar si las irregularidades detectadas durante la revisión rompen con la razonabilidad que exige el manejo, custodia y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los programas propios de la administración pública estatal.

 

En la especie, el órgano fiscalizador nos comunica en el informe de resultados de la cuenta pública revisada, que no existieron violaciones a la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León ni a la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León, por parte del Organismo, por lo cual es evidente que no existe afectación a la razonabilidad del ejercicio presupuestal y patrimonial del organismo, toda vez que como lo señala el Órgano Técnico Fiscalizador del Estado en su informe de resultados, en el apartado de resumen ejecutivo no hay importes no solventados por el Organismo, resultando de ello en nuestra opinión la aprobación de esta Cuenta Pública en estudio.

 

En esa tesitura, y de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se procede a girar a la Auditoría Superior del Estado, la instrucción a efecto que expida el finiquito correspondiente.

 

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de:

 

ACUERDO

 

PRIMERO.- Se tiene por recibido y analizado en tiempo y forma el Informe de Resultados de la CUENTA PÚBLICA 2009, del ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO PROMOTORA DE DESARROLLO RURAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

 

SEGUNDO.- En cumplimiento de lo señalado en el artículo 63 fracción XIII, de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, y demás disposiciones legales aplicables, SE APRUEBA la CUENTA PÚBLICA 2009 de la PROMOTORA DE DESARROLLO RURAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

 

TERCERO.- Se instruye a la Auditoria Superior del Estado para que en términos del artículo 52 de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León se sirva expedir el finiquito correspondiente.

 

CUARTO.- Remítase copia a la AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN y a la PROMOTORA DE DESARROLLO RURAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

 

Monterrey, Nuevo León a

COMISIÓN DE HACIENDA DEL ESTADO

DIPUTADO PRESIDENTE:

 

SERGIO ALEJANDRO ALANÍS MARROQUÍN

 

 

Dip. Vicepresidente:

 

 

Dip. Secretario:

 

Víctor Oswaldo Fuentes Solís

Raymundo Flores Elizondo

 

Dip. Vocal:

 

Dip. Vocal:

 

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

Héctor García García

 

Dip. Vocal:

 

Dip. Vocal:

 

César Garza Villarreal

José Martín López Cisneros

 

Dip. Vocal:

 

Dip. Vocal:

 

Hernán Antonio Belden Elizondo

Hernán Salinas Wolberg

 

Dip. Vocal:

 

Dip. Vocal:

 

José Ángel Alvarado Hernández

Homar Almaguer Salazar