HONORABLE ASAMBLEA:
En fecha 07 de septiembre
de 2011, se turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano, para su
estudio y dictamen, el expediente número 7025/LXXII,
el cual contiene un escrito signado por el C. Diputado Juan Carlos Holguín
Aguirre, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de
México a la LXXII Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León, a través
del cual propone la aprobación de un Punto
de Acuerdo para realizar un atento y respetuoso exhorto a los 51 Municipios del
Estado a realizar un programa de liberación de las banquetas y corredores
públicos, eliminando todos aquellos objetos que obstruyan el libre
desplazamiento del peatón.
ANTECEDENTES:
El Diputado promovente expresa que la arquitectura
actual nos lleva más allá de simples construcciones para vivir; son escenarios
de nuestras vidas.
Menciona que Monterrey y su área metropolitana han
cambiado radicalmente, convirtiendo las casas de adobe y madera en colosos de
cemento que condensan más el calor de esta zona del país.
Refiere que la mayoría de los habitantes de la metrópoli
piensan en los automovilistas, pero no en los peatones, lo cual produce otros
problemas sociales como la obesidad, el estrés, agresividad, etcétera.
Agrega que el peatón es el actor más vulnerable
dentro del escenario urbano, dentro del escenario vial, no sólo por las
condiciones físicas que tiene que sortear día a día, sino por la falta de
información, protección legal y educación vial.
Precisa que una ciudad la hacen tanto la
atmósfera como los edificios, siendo necesarios los espacios públicos para que
la población disfrute.
Detalla que se tienen pocos espacios y los
existentes se encuentran invadidos por diversos objetos que no permiten del
libre desplazamiento de las personas.
Afirma que el centro de Monterrey se encuentra plagado
de puestos, espectaculares, casetas telefónicas, etcétera, los cuales causan
una saturación visual que da una mala imagen a la ciudad
Señala que recientemente se dio a conocer que en la
ciudad de Monterrey se encuentran instaladas 2 mil 900 casetas
telefónicas, muchas de ellas saturando
el centro de la ciudad. Tan sólo en el corredor de la Plaza Morelos se
encuentran más de 100 de esas casetas instaladas, lo cual resulta, a su decir, innecesario,
pues es evidente que dicha cantidad representa un exceso, comparado a la
demanda que de dicho servicio requieren los ciudadanos que circulan por esa
zona.
Enfatiza que
dichas casetas en conjunto con otras cosas instaladas en las aceras, se
convierten en una pista de obstáculos para los peatones, impidiéndoles
transitar libremente y poniendo en riesgo su seguridad al orillarlos a
desplazarse por las calles, estando latente la posibilidad de un accidente.
Esto se agudiza por ejemplo en el caso de las personas discapacitadas, quienes
viven un verdadero calvario para poder desplazarse en las banquetas de las
ciudades. En este sentido, señala que resulta indispensable que se tomen
medidas específicas que les permitan toda movilidad posible, como la demolición
de cualquier barrera que entorpezca su paso.
Puntualiza que el peatón tiene derecho a una
movilidad completa y libre que, por lo cual considera necesario que los Municipios
pongan en marcha un programa de limpieza en el que liberen banquetas y
corredores públicos de cualquier obstáculo innecesario que limite el tránsito
de los peatones.
Indica que es tiempo de reordenar y crecer pensando
en soluciones de 40 años, no de 3 o de lo que dura una administración.
Cita que los reglamentos viales deben dar prioridad
a quienes andan, e imponer sanciones más elevadas a quienes les
obstaculizan el paso. Asimismo, ser más rígidos con quienes no
respetan los espacios para minusválidos, cordones peatonales o se estacionan en
las zonas de hidrantes.
Por último, manifiesta que son tiempos de
retornar a lo básico, de buscar mejores opciones para el tránsito peatonal y
dotar esta metrópoli de un sistema de transporte público digno y eficiente que
permita bajar los índices contaminantes y se cree una sociedad que se desplace
de otra forma, distinta al automóvil.
Conforme a lo anterior, propone la aprobación del
Punto de Acuerdo cuyos alcances han quedado precisados en el proemio del
presente dictamen.
CONSIDERACIONES:
Esta Comisión de Desarrollo Urbano se encuentra
facultada para conocer del asunto que le fue turnado, de conformidad con
establecido en el artículo 70, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de Nuevo León, y 39, fracción VIII, inciso e), del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León,
derivado de lo cual sometemos al Pleno las siguientes consideraciones:
Quienes integramos esta Comisión de Dictamen
Legislativo coincidimos en que es urgente recuperar el espacio público urbano,
el área peatonal de nuestras calles, es decir, las banquetas, garantizando su
accesibilidad, permitiendo el libre desplazamiento en condiciones libres y
seguras para toda la población.
Ciertamente el caminar por algunas de las calles de
los Municipios de la Zona Conurbada de Monterrey puede resultar un viacrucis:
coches estacionados en las banquetas, mobiliario urbano que dificulta el
tránsito de peatones, entre otras cosas,
haciendo menos accesible y transitable los espacios públicos.
Esta problemática no sólo afecta a las personas con
discapacidad, sino también a la población en general: niños, mujeres
embarazadas, adultos mayores, ciclistas y madres que llevan a sus hijos en
carriolas, los cuales enfrentan a diario
con múltiples dificultades para transitar en las banquetas de las calles.
Por otra parte, es preciso mencionar que la limitación
de la movilidad es la de mayor frecuencia entre la población del país, además,
de que en nuestro Estado cerca del 4% de la población tiene alguna
discapacidad, de ahí que sostengamos que es necesario eliminar gradualmente los
obstáculos del entorno físico para facilitar el acceso, el libre desplazamiento
y un mejor aprovechamiento de los espacios públicos a estos grupos vulnerables.
En otras palabras, la planeación urbana adecuada y
sustentable debe considerar el retirar los obstáculos y el mobiliario urbano
innecesario, excesivo, obsoleto e irregular de las calles y banquetas, que permita el libre y continuo
desplazamiento de los peatones, para garantizar así estándares de accesibilidad
adecuados.
En lo que respecta al marco regulatorio, los artículos
4°, 11, 25, 26 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, consagran las bases fundamentales para impulsar la peatonabilidad o
accesibilidad en todo el territorio nacional. En primer lugar, aplicando la
garantía de libre tránsito que contiene la Constitución federal; en segundo
lugar, sustentándose en el derecho que tiene toda persona a un ambiente
adecuado, lo que implicaría, para los efectos de la peatonabilidad o
accesibilidad, que el derecho del peatón se desplazara a la par de ser un
derecho, se vincula, a su vez, con un goce de naturaleza estética, derivado de
la contemplación de la naturaleza o de las formas urbanas; por último, con la
facultad que tiene el Estado de imponer a la propiedad privada las modalidades
que dicte el interés público.
De igual manera, la legislación estadual en materia de
desarrollo urbano, en su artículo 159,
fracción X, establece como normas básicas para las vías públicas, entre otras,
que las señales de tránsito, lámparas, casetas, puentes peatonales y cualquier
otro mobiliario de las vías públicas sean dispuestos de manera que no estorben
a los peatones o a la visibilidad de los automovilistas, y que contribuyan a la
imagen urbana.
En este contexto, toda vez que la solicitud en estudio
se encuentra debidamente fundamentada, los integrantes de la Dictaminadora
consideramos oportuna su aprobación a fin de que las autoridades municipales
tomen las medidas pertinentes para garantizar la integridad física y el
tránsito seguro de los peatones por la banqueta, en particular, de las personas
con discapacidad. Asimismo, para que en los reglamentos municipales correspondientes
prevean sanciones más enérgicas para quienes, sin la autorización respectiva,
modifiquen u obstruyan las banquetas.
En virtud de las consideraciones vertidas en el cuerpo del presente
dictamen, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano, sometemos al
criterio de esta Soberanía el siguiente proyecto de:
ACUERDO
PRIMERO.- La LXXII Legislatura del Congreso del Estado de
Nuevo León hace un atento y respetuoso exhorto a los 51 Municipios del Estado,
a fin de que realicen un programa de liberación de las banquetas y corredores
públicos, retirando todos aquellos objetos que obstruyan el libre
desplazamiento del peatón, dando prioridad a éste sobre cualquier permiso que
pudieran otorgar para la colocación de mobiliario urbano que impida u obstaculice el libre paso e
imponiendo sanciones más elevadas a quienes sin el permiso correspondiente
obstruyan las aceras públicas, aplicando estrictamente las disposiciones de la
Ley de Desarrollo Urbano del Estado, de la Ley Ambiental del Estado, de la Ley
para Regular el Uso de la Vía Pública en el Ejercicio de la Actividad Comercial
y de la reglamentación municipal, relativas al uso, imagen y ordenación de las
vías públicas.
SEGUNDO.- Comuníquese el presente acuerdo a los 51
Ayuntamientos de los Municipios del Estado, para su conocimiento y fines precisados
con anterioridad.
Monterrey
Nuevo León
COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO
PRESIDENTE:
DIP. HÉCTOR JULIÁN MORALES RIVERA
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VICE-PRESIDENTE DIP. ERNESTO ALFONSO ROBLEDO LEAL |
SECRETARIO DIP. SONIA GONZÁLEZ QUINTANA |
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VOCAL DIP. TOMÁS ROBERTO
MONTOYA DÍAZ |
VOCAL DIP. JUAN CARLOS HOLGUÍN AGUIRRE |
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VOCAL DIP. MARÍA DE JESÚS HUERTA REA |
VOCAL DIP. JOSÉ ELIGIO DEL TORO OROZCO |
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VOCAL DIP. ENRIQUE GUADALUPE PÉREZ VILLA |
VOCAL DIP. VÍCTOR MANUEL
PÉREZ DÍAZ |
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VOCAL DIP. VICTOR OSWALDO
FUENTES SOLÍS |
VOCAL DIP. JORGE SANTIAGO ALANÍS ALMAGUER |




