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Presenta Diputado Ramiro González iniciativa para dar certeza en cambio de alcaldías de reelección

10 de Octubre 2018

Presenta Diputado Ramiro González iniciativa para dar certeza en cambio de alcaldías de reelección

Autor: Grupo Legislativo MORENA

Para evitar inconsistencias al momento de llevarse a cabo el cambio de poderes en las alcaldías, debido a la reelección, el diputado local de Morena Ramiro González presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Con esta reforma se busca darle facultades a quien sea el Síndico o Síndico Segundo del Ayuntamientos saliente, para que le tome protesta al Presidente Municipal entrante, si es el caso de reelección del mismo.

"Esta imprecisión podría generar inconsistencias en un acto solemne de gran relevancia, así como un manejo diferente en cada uno de los 24 municipios donde se desempeñará un segundo periodo de gobierno, toda vez que, las reformas constitucionales en cuestión no contemplaron de manera precisa la regulación de dicho acto para la instalación del Ayuntamiento reelecto, particularmente en lo relativo a la toma de protesta que señala el artículo 23 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

"Lo antes expuesto, que la presente iniciativa tiene por objeto, facultar al Síndico o Síndico Segundo en funciones a presidir el acto protocolario donde el Presidente Municipal y los regidores rindan la protesta de ley para su segundo periodo, evitando con ello una "auto toma de protesta" por parte de la autoridad reelecta, así como dotar de legalidad y certeza a la histórica entrada en vigor de las reelecciones en los ayuntamientos en Nuevo León", expuso González

Indicó que se busca la reforma de Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León por adición del Artículo 23 Bis, el cual quería de la siguiente manera:

Artículo 23 Bis. En el caso de que un Presidente Municipal haya sido reelecto de manera consecutiva, la instalación del Ayuntamiento se conducirá de la siguiente manera:

I. El Presidente Municipal convocará a los miembros del Ayuntamiento saliente y a los miembros del Ayuntamiento electo para que se presenten a la sesión solemne, en los términos del artículo 22 de esta Ley;

II. El Síndico o Síndico Segundo saliente será el encargado de tomar la protesta al Presidente Municipal electo y posteriormente el Presidente Municipal tomará la protesta a los demás integrantes del Ayuntamiento electo; y

III. En caso de que el Síndico o Síndico Segundo saliente sea también integrante del Ayuntamiento electo o no se encuentre presente, el encargado de tomar la protesta de ley, será el miembro del ayuntamiento saliente que sea designado para tal fin y que se encuentre presente en la sesión.

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