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IMPULSA TOMÁS MONTOYA REGISTRO DE PSICÓLOGOS INFANTILES Y JUVENILES EN N.L.

28 de Abril 2025

IMPULSA TOMÁS MONTOYA REGISTRO DE PSICÓLOGOS INFANTILES Y JUVENILES EN N.L.

Autor: Grupo Legislativo MORENA

El diputado local de Morena, Tomás Montoya, propuso una iniciativa para crear un Registro Estatal de Psicólogos Infantiles y Juveniles Certificados, que permita garantizar la calidad, especialización y cobertura de los servicios prestados y subsidiados en materia de salud mental.

Tomás Montoya, además solicitó establecer un protocolo formal de detección, canalización y atención de casos de riesgo, articulado entre las instancias de salud, educación y bienestar social en la prevención de casos como la deserción escolar, el suicidio juvenil, las adicciones tempranas y el incremento de la violencia intrafamiliar.

Asimismo, el legislador local impulsó la creación de Centros de Atención Psicológica Infantil y Juvenil como parte del primer nivel de atención en salud pública.

"La creación de dicho registro permitirá: Identificar y acreditar a profesionales con formación especializada en salud mental infantil y juvenil; facilitar la canalización de casos detectados en escuelas y comunidades a profesionales capacitados; así como promover la coordinación interinstitucional", añadió.

El Estado de Nuevo León, refirió, enfrenta unasituación particularmente alarmante, se advierte que nuestro Estado, la atención a la salud mental infantil y juvenil presenta deficiencias estructurales que impactan negativamente en la garantía efectiva de los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes.

"La aprobación de estas medidas legislativas no solo representa un avance en el cumplimiento de los principios constitucionales de interés superior de la niñez, igualdad y no discriminación, sino que también constituye una respuesta institucional a la problemática real y documentada que enfrenta el Estado en materia de salud mental infantil", instó.

La iniciativa de Decreto adiciona los artículos 29 bis 1 y 31 bis 2 de la Ley Estatal de Salud; así como un artículo 31 Bis 1 a la Ley de Salud Mental para el Estado de Nuevo León.

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