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MAYOR DIFUSIÓN SOBRE BENEFICIOS DE LA LACTANCIA MATERNA

5 de Agosto 2016

ALHINNA-BERENICE-VARGAS-GARCIA

Autor: Grupo Legislativo PRI

El cuidado de nuestros hijos, así como su sano desarrollo, son temas sumamente importantes que como padres debemos priorizar de manera permanente y continua vigilando que siempre gocen de los elementos necesarios para su desenvolvimiento en sociedad.

En este sentido, es primordial que como representantes de la ciudadanía apoyemos y promovamos acciones encaminadas al beneficio colectivo de la sociedad, fue así como en fecha 16 de enero de 2016, este Poder Legislativo, a través del consenso de todas la bancadas que integran esta LXXIV Legislatura aprobamos la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción de la Lactancia Materna del Estado de Nuevo León, misma que tiene por objetivo proteger, apoyar y promover la lactancia materna, así como prácticas adecuadas de alimentación para los lactantes, con el propósito de crear las condiciones que garanticen su salud y su óptimo desarrollo y crecimiento, en base al interés superior de la niñez.

Basta señalar que la expedición de esta ley es uno de los grandes logros de esta LXXIV legislatura, toda vez que tiene figuras y elementos importantes que se pueden destacar, tales como:

  • La creación de espacios públicos equipados,en lugares privados, dignos e higiénicos; para que las madres pueda amamantar, extraer o conservar su leche materna.
  • Programas y Políticas Públicas con grandes beneficios para las madres en etapa de lactancia.
  • El establecimiento de lineamientos que coordinan a los sectores público y privado en la ejecución de políticas de apoyo a la lactancia materna.
  • Se crearon figuras como las certificaciones, para determinar que las instituciones públicas y privadas, prestadoras del servicio, cumplan con estándares de cuidados higiénicos y procedimentales.
  • Se estableció la figura de bancos de leche materna donde se recolecta y se conserva la leche de madres donantes y posteriormente se ofrece a lactantes que la requieren y no pueden obtenerla de sus propias madres.
  • Se instituye que losservicios que prestan los bancos de leche serán gratuitos y tendrán acceso a dichos servicios la madre, el padre, el tutor o quienes ejerzan la patria potestad.

Todos estos beneficios fueron establecidos en la ley expedida por este Poder Legislativo, misma que fue publicada para su difusión en el periódico oficial del Estado, sin embargo consideramos que el trabajo debe seguir al brindarle mayor publicidad a esta ley, toda vez que el principal beneficiario es la ciudadanía. Estimamos que sus alcances no pueden limitarse y su ejercicio debe ser generalizado en el Estado.

Es por lo anteriormente expuesto, que vengo a proponer a esta Soberanía, el siguiente punto de

A C U E R D O

ÚNICO.- La LXXIV Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León, realiza un atento y respetuoso exhorto al Titular de la Secretaria de Salud en el Estado, para que realice campañas de difusión de los beneficios de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción de la Lactancia Materna, así como de sus alcances ante la sociedad, con el objeto de que se tenga pleno conocimiento de los derechos y obligaciones que establece en su aplicación.
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