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PLÁTICAS DE CONCIENTIZACIÓN

30 de Noviembre 2018

MELCHOR-HEREDIA-VAZQUEZ-75

Autor: Grupo Legislativo PRI

Los reglamentos de buen gobierno de los municipios de nuestro Estado buscan preservar, mantener y conservar el orden público, así como la seguridad, la tranquilidad de las personas y salvaguardar los principios de legalidad, honradez y lealtad.

Las infracciones al orden público son todas aquellas acciones y omisiones que contravengan las disposiciones de los reglamentos municipales, cuyas sanciones serán aplicadas sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que le resulten al infractor, y si bien dichas conductas que no constituyen un delito, representan un mal comportamiento por parte de quienes las cometen, comportamiento que en muchas ocasiones se vuelve recurrente.

De acuerdo al artículo 15 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Monterrey, se consideran infracciones todas aquellas acciones u omisiones que contravengan las disposiciones de ese y demás reglamentos municipales.

Asimismo, el artículo 16 del citado reglamento señala como infracciones:

• Al Orden Público.

• A la Seguridad de la Población.

• A la Moral o a las Buenas Costumbres.

• Al Derecho de Propiedad.

• Contra la Salud.

• Contra el Ambiente y Equilibrio Ecológico

• De Carácter Administrativo.

Empero, en el Estado de Nuevo León, este tipo de infracciones son muy comunes, pues de los datos arrojados por la Secretaria de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Monterrey, se advierte que en el año 2015 había un promedio de 1334 faltas administrativas mensuales.

Es evidente la necesidad de fortalecer e implementar los programas sociales conducentes, en conjunto con ayuntamientos, autoridades municipales y asociaciones civiles para disminuir este tipo de incumplimientos a los reglamentos municipales.

Consideramos que las instituciones municipales que vigilan el cumplimiento y aplican las sanciones, en observancia al artículo 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, deben, para la prevención de las infracciones y erradicación de las reincidencias, entre sus políticas públicas, contemplar un mecanismo efectivo para tales efectos; estimándose que las bases para cumplir dicho objetivo, las constituyen la educación y difusión por parte del ente municipal, que permite crear una concientización en los gobernados, sobre el impacto en la comisión de infracciones en perjuicio de su comunidad; existiendo diversas formas de transmitir ello, pudiendo ser a través de campañas, conferencias, eventos gratuitos, actividades lúdicas, pláticas.

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