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Posicionamiento ratificación del C. Ángel Mario García Guerra

24 de Febrero 2020

IVONNE-BUSTOS-75

Autor: Grupo Legislativo PVEM

HONORABLE ASAMBLEA

Ocurro a esta tribuna para solicitar a esta Honorable Asamblea. Su voto a favor del presente dictamen y en consecuencia a favor de la ratificación del Magistrado Ángel Mario García Guerra.

El día de hoy, el Poder Legislativo se encuentra resolviendo por CUARTA OCASIÓN, un expediente relacionado con la ratificación del C. Ángel Mario García Guerra Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado. A pesar de que el presente Dictamen por CUARTA VEZ INCUMPLE con las resoluciones y mandatos del Poder Judicial Federal.

Lo anterior, ya que en la Sentencia recibida el día 07 de febrero del presente año, así como en la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se le recalcó al Congreso del Estado, que en los Dictámenes que se pusiera a consideración la ratificación o no ratificación, se debieran de contemplar lo siguiente:

  1. El dictamen debiera apartarse de todos aquellos elementos que no fueron considerados, en el dictamen 10921/LXXIV aprobado por la Septuagésima Cuarta Legislatura. Es así que en la página 6 del oficio recibido el día 07 de febrero se estableció lo siguiente:

"La Legislatura Local debía abstenerse: 2. De adicionar nuevos y distintos elementos de prueba con los que la Comisión dictaminadora no di cuenta alguna al Pleno."

En consecuencia, en la página 7 del oficio antes referido, el Juzgado Tercero en Materia Administrativa plasmó las conductas y elementos de prueba que se obraron en el expediente 10921/LXXIV, en los cuales no se encuentran aquellas conductas que versan sobre negligencia en el desempeño de sus labores, las cuales son ampliamente abordadas en las consideraciones del dictamen que se está poniendo a discusión.

  1. El Dictamen en comento, adolece de una debida fundamentación y motivación por las cuales se debiera de ratificar al Lic. Ángel Mario García Guerra. Por el contrario, gran parte de lo plasmado en las consideraciones, al menos de las páginas 48 a la 86, versan sobre conductas que pretenden demostrar la negligencia en el desempeño de sus labores, esto fue discutido y comentado plenamente en la Comisión dictaminadora.

Asimismo, el presente Dictamen no contempla, tal como fue solicitado en esa misma Comisión, el periodo en que el Lic. Ángel Mario García Guerra duraría en el cargo de Magistrado en caso de ser ratificado y de lo mismo que se hizo un voto particular por el grupo legislativo de Morena. Aunado a lo anterior, no se encuentra razón alguna para que en un dictamen donde se ratifica al Magistrado, se plasme un artículo quinto en el Decreto, que establece que en caso de no aprobarse se nombre a otro para ocupar su vacante.

Compañeros Diputados, es importante entender que el Dictamen que se está aprobando en este momento no cumple al cien por ciento con las resoluciones del Poder Judicial Federal, por lo que, en caso de ser impugnado, nos veremos nuevamente atendiendo el tema de forma expedita.

Por lo anteriormente expresado, pido su voto a favor del dictamen como está, a pesar de que faltan algunas cosas, como ya las he mencionado ahora pero que, sin embargo, debemos dar cumplimiento a lo mandatado ya por el juzgado.

Por lo cual, compañeros les pido su voto a favor, así mismo de la ratificación del Magistrado Licenciado Ángel Mario García Guerra.

Es cuanto Dip. Presidente.



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