Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN REFORZAR MARCO LEGAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
21 de Junio 2010

APRUEBAN REFORZAR MARCO LEGAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Monterrey, 21 de Junio 2010

Para hacer más efectivo el combate a la delincuencia organizada, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformas legales para tipificar como delito las labores de acecho, vigilancia o cualquier otra acción tendiente a obtener información sobre las actividades y operativos realizados por las instituciones de seguridad.

Los legisladores aplicaron reformas a los artículos 16 Bis y 192 del Código Penal para castigar a los informantes de la delincuencia organizada.

Se impondrá una pena de dos a 15 años de prisión y una multa de 200 a 400 cuotas a quien aceche o vigile o realice actos tendientes a obtener información sobre la ubicación, las actividades, los operativos o en general las labores de seguridad pública, de persecución o sanción del delito, o la ejecución de penas, señala el nuevo texto del artículo 192.

Adicionalmente, el documento establece una agravante cuando en la acción delictuosa se utilice algún vehículo de transporte público de pasajeros o sea semejante por sus características externas.

Además de las penas previstas en el párrafo anterior se impondrá de un tercio a una mitad más de la sanción privativa de la libertad que le corresponda a quien utilice cualquier vehículo de servicio público de transporte de pasajeros u otro que presente servicio similar o, por sus características exteriores, sea similar a la apariencia de los vehículos de transporte público de pasajeros, detalla el dictamen.

Del mismo modo, otra agravante considerada en el artículo 192 de Código Penal se refiere a los servidores o ex servidores públicos que hagan labores de informantes para la delincuencia organizada.

La penas señaladas en el artículo se aumentaran de un tercio a un tanto más de la pena que le corresponda y se impondrá además destitución del cargo o comisión e inhabilitación de tres a diez años para ocupar otro, cuando el delito sea cometido por servidores públicos o por ex servidores público de las fuerzas armadas, instituciones de seguridad pública o procuración de justicia, precisa la reforma legal.

El diputado César Garza Villarreal, presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, destacó que esta reforma será una herramienta valiosa para darle mayor efectividad a los operativos que realice el Ejército mexicano y las fuerzas de seguridad federales, estatales o municipales.

A favor del dictamen se pronunció en tribuna el diputado Héctor Morales Rivera quien señaló que las modificaciones aprobadas tienen como objetivo hacer más efectivo el combate a la delincuencia y recuperar la tranquilidad de la población.

Refrendamos el compromiso de impulsar este tipo de reformas que no tienen otro fin que el de brindar seguridad y restablecer la tranquilidad de nuestra ciudadanía, agregó Morales Rivera.

Por su parte, el diputado José Ángel Alvarado Hernández aseveró que las actuales circunstancias demandan nuevas herramientas legales para atacar este lacerante problema, máxime cuando se utilizan vehículos de transporte público.

Con la aprobación de la presente reforma el Congreso del Estado participa desde la vertiente legislativa en la lucha frontal contra el crimen organizado otorgando las herramientas jurídicas para actuar en la solución de este grave mal, apuntó el legislador.

El diputado Juan Carlos Holguín Aguirre también respaldó el sentido del dictamen porque ya era insoslayable tipificar este delito para reforzar el combate a la delincuencia, sobre todo cuando lo cometen servidores públicos.

Resulta imprescindible tipificar como delito esta actividad que tanto perjudica la lucha de nuestras instituciones contra el crimen organizado, más aún cuando estas personas son elementos de grupos policíacos que traicionan la labor de salvaguardar la seguridad de la población, añadió Holguín Aguirre.

PUNTOS IMPORTANTES DE LA REFORMA

. Se tipifica como delito el acecho, la vigilancia y cualquier otra actividad para obtener información de las instituciones de seguridad para servir a grupos delincuenciales.

. La reforma busca hacer más eficaces los operativos de las autoridades al combatir a los informantes de la delincuencia organizada.

. Contempla agravante cuando se utilizan vehículos de transporte público de pasajeros o similares.

. Cuando participe un servidor o ex servidor público se aplicará otra agravante, incluida la inhabilitación.. Los artículos reformados son el 16 bis y el 192 del Código Penal de Nuevo León.