Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
REFORMA CONGRESO DEL ESTADO CRITERIOS PARA OTORGAR CARTA DE NO ANTECEDENTES PENALES
1 de Junio 2010

REFORMA CONGRESO DEL ESTADO CRITERIOS PARA OTORGAR CARTA DE NO ANTECEDENTES PENALES

Monterrey, 1 de Junio 2010

Para cumplir con la garantía constitucional de la reinserción social, el Congreso del Estado aprobó modificaciones al artículo 539 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Nuevo León para se puedan expedir la Carta de No Antecedentes Penales a aquellos reos que hayan cumplido con su sentencia, obtenido la remisión parcial de la pena o la libertad preparatoria, con el fin de que puedan conseguir un empleo.

El dictamen, leído en tribuna por el diputado José Ángel Alvarado Hernández, argumenta que el sentenciado que hubiere cumplido satisfactoriamente su condena, incluyendo sus agravantes, no tiene por qué esperar un tiempo adicional para solicitar este documento esencial para fundar sus aspiraciones a una vida laboral en el ámbito formal.

Respecto a los beneficiados con preliberaciones, el documento considera oportuno incluirlos para motivarlos a llevar una conducta modelo al interior de los centros penitenciarios.

El decreto aprobado por los diputados no contempla este derecho en los casos de reos por delitos sexuales, trata de personas, reincidentes o habituales, ya que representan un riesgo a la sociedad ante lo complejo que resulta su readaptación.

El diputado César Garza Villarreal, presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, explicó que dentro de los requisitos se establece que el reo, previamente, tendrá que aprobar un examen que aplicará el Comisario del Sistema Penitenciario.

Será una herramienta de gran utilidad para el Comisario del Sistema Penitenciario ofrecer a los reos que manifiestan buena conducta dentro del penal que los haga acreedores al beneficio de la remisión parcial de la pena o preliberación, darles además la seguridad, previa evaluación, de que saldrán del penal con su documento que les permitirá reinsertarse en la sociedad con una ocupación laboral, agregó.

Aclaró que no es obligación de la autoridad otorgar las Cartas de No Antecedentes Penales en los casos mencionados, sino que solamente abre la posibilidad cuando el sentenciado haya cumplido con su sentencia y haya mostrado un buen comportamiento.

No es una obligación para la autoridad entregar esta carta, si de la evaluación correspondiente se desprenden dudas, en todo momento esa facultad potestativa que se expresa con la palabra podrá permite que la autoridad no entregue, ante la duda, esa carta, insistió.

A favor del dictamen hizo uso de la palabra el diputado Mario Emilio Gutiérrez, quien destacó que esta medida incentivará a quienes hayan cometido un delito y deseen reincorporarse a la vida social una vez que hayan cumplido con su pena.

Por su parte, la diputada María de los Ángeles Herrera García, indicó que una vez que un reo ha cumplido a cabalidad con una sentencia no sea objeto de discriminación o rechazo que estigmatice de manera permanente en detrimento de sus derechos humanos fundamentales.

También a favor, el diputado Jorge Santiago Alanís Almaguer, promotor de la iniciativa, señaló que en muchos casos, un error o un accidente que derivan en un delito, tienen que sufrir doble pena, la que deben cumplir en prisión y la de no conseguir trabajo por sus antecedentes, por lo que esta reforma busca revertir esta situación.

Consideramos que esta reforma que resuelve de fondo un problema social será uno de los sellos distintivos de la LXII Legislatura, aseveró.

PUNTOS BÁSICOS DE LA REFORMA:

. Se contempla emitir Carta de No Antecedentes Penales a reos que cumplan sentencia y tengan buena conducta.

. Se busca fomentar la reinserción social para que los beneficiados puedan conseguir trabajo.

. También se beneficiarían quienes obtengan remisión parcial de la pena o preliberación.

. El documento se emitiría previa evaluación del Comisario del Sistema Penitenciario del Estado.

. Están fuera de este beneficio los sentenciados por delitos sexuales, trata de personas, reincidentes y habituales.

. La autoridad no está obligada a otorgar el documento, sólo se abre la posibilidad en función de la buena conducta del reo.