Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN REFORMAS PARA PROTEGER A VICTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
22 de Marzo 2012

APRUEBAN REFORMAS PARA PROTEGER A VICTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Monterrey, 22 de Marzo 2012
En aras de ampliar las medidas de prevención para conductas violentas hacia las mujeres dentro del ámbito familiar, la LXXII Legislatura aprobó reformas importantes a diversos ordenamientos locales, para brindar una protección rápida a las mujeres, menores de edad y ancianos.

Esta es una iniciativa del Instituto de la Mujer, la cual fue presentada por el Ejecutivo del Estado, el pasado 9 de marzo de 2012, que brinda un sistema moderno, para que no exista más violencia en contra de la mujer, es la primera vez que se legisla en esta materia en la entidad.

En Nuevo León, mencionó el diputado Héctor García García, presidente de la Comisión de Legislación, no se había legislado que la mujer que es víctima de violencia psicológica o física tuviera una orden de protección.

"Con estas reformas habrá una garantía de que la mujer tenga mayor protección, se establece que no se pueden acercar a menos de 500 metros como parte de las medidas cautelares", expresó García.

"Habrá una garantía total de que la mujer podrá tener mayor protección, se regula la forma en que los jueces tendrán la facultad para proteger a las víctimas de este tipo de delitos", apuntó.

Estas reformas, a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil, al Código de Procedimientos Civiles, a la Ley Orgánica del Poder Judicial y al Poder Orgánico de la Procuraduría General de Justicia, permitirán a las víctimas de este delito tener una mayor protección, solicitando órdenes de protección a su favor que podrán ser de hasta 30 días,

Las adecuaciones presentadas amplían el término de violencia familiar a cinco tipos: psicológica, física, sexual, económica y patrimonial, se establece como requisito para contraer matrimonio, que si el hombre fue condenado por el delito de violencia, que éste ya se encuentre rehabilitado médica y psicológicamente, así como nuevos requisitos para que después de otorgada una orden de protección y sanado del daño, pueda regresar a su hogar.

Excepto las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Procuraduría de Justicia, que requieren dos vueltas para su entrada en vigor, el resto de las modificaciones entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación.