Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN MODIFICACIONES AL CÓDIGO CIVIL Y AL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
10 de Mayo 2017

APRUEBAN MODIFICACIONES AL CÓDIGO CIVIL Y AL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

Monterrey, 10 de Mayo 2017

El Congreso del Estado aprobó modificaciones al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.

El diputado Adrián de la Garza dio lectura al dictamen 10826/LXXIV, en el cual se establece: "Coincidimos en que la naturaleza jurídica propia del patrimonio familiar, es la de un patrimonio de afectación, pues el bien del o los deudores alimentistas (como lo sería la casa habitación) queda afectado a fin de ser la seguridad jurídica del núcleo familiar de tener un lugar donde habitar, intocable para los acreedores de quien lo constituyó, puesto que no podrán embargarlo, y que estará fuera de su propia disposición, ya que no podrá enajenarlo mientras esté afectado al fin del patrimonio de familia".

"Con la iniciativa planteada, el procedimiento para la extinción de patrimonio familiar dejará de ser gravoso y tardado, evitando propiciar que en muchos de los casos sean irregulares o estén de hecho extintos sin que a la fecha haya nota de ello, así como el desánimo de las personas, además es de resaltar que en la reforma planteada se incluyen supuestos importantes para su extinción como lo son: cuando el titular del mismo sea soltero y no se justifique tener el carácter de concubina o concubinario, y no tenga descendientes, o cuando todos los hijos del matrimonio alcancen la mayoría de edad".

"Además resultaría benéfica la intervención del notariado en el Estado a fin de agilizar el procedimiento de extinción de patrimonio familiar brindándose a los particulares otra opción normativa para la desafectación de bienes, ya que el procedimiento actual es gravoso y tardado".

"Se destaca la importancia que conlleva la realización de las capitulaciones matrimoniales ya que son estas las que delimitan el régimen patrimonial de la unión en matrimonio, siendo piezas fundamentales para la certeza jurídica y económica del mismo.

"Además quedara al libre albedrío de los particulares la tramitación del procedimiento, teniendo la posibilidad de efectuarlo con los medios actuales o mediante Notario Público, quien a su vez deberá remitir el oficio correspondiente al Registro Civil para efectos de realizar la anotación marginal que corresponda".

A favor del dictamen se pronunciaron los diputados Hernán Salinas y Gabriel Tláloc Cantú.