Autor: Grupo Legislativo PAN
DIP. LORENA DE LA GARZA VENECIA
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E. -
La suscrita Diputada Aile Tamez de la Paz e integrantes del Grupo Legislativo Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, de conformidad con los artículos 122 Bis 1, 122 Bis 2 y 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado de Nuevo León, nos permitimos proponer el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Que el pasado 22 de marzo de la presente anualidad, el Gobernador del Estado, Samuel Alejandro García Sepúlveda, sin un consenso previo con municipios y el gremio del transporte, publicó en el Periódico Oficial del Estado el Acuerdo por el que se Establece un Polígono de Zona de Gestión de Demanda y se Regula el Flujo de Vehículos Motorizados de Transporte de Carga de Bienes, Residuos o Mercancías en Función de sus Emisiones Contaminantes, el cual entrará en vigor el día 1 de abril de 2025. En dicho Acuerdo, se estableció un Polígono de Zona de Gestión de Demanda en donde se regula el flujo de vehículos motorizados de transporte de carga, de bienes, residuos o mercancías con la supuesta finalidad de prevenir, controlar y minimizar las contingencias atmosféricas ambientales provenientes del transporte de carga, indicando que éste último es el responsable de aportar el 33% de diversos contaminantes generados por vehículos.
Que conforme al Acuerdo señalado, el Gobierno Estatal restringió unilateralmente la circulación de los vehículos motorizados de transporte de carga, de bienes, residuos o mercancías que no tengan como destino final el ubicado en el polígono señalado en el párrafo que antecede, el cual se delimita por el Libramiento Noreste, Anillo Periférico y Parque Nacional Cumbres de Monterrey, por lo que de acuerdo a esta disposición administrativa están impedidos en circular en un horario comprendido de 06:00 a las 22:00 horas, es decir, 16 horas continuas, permitiendo su circulación sin restricción por las autopistas estatales de cuota denominadas "Periférico del Área Metropolitana de Monterrey" (Anillo Periférico), la "Monterrey- Cadereyta", las cuales son administradas por la Red Estatal de Autopistas de Nuevo León, así como la vía libre de jurisdicción federal conocida como "Libramiento Noreste".
Para el cumplimiento de esta disposición de carácter administrativo, la Secretaría del Medio Ambiente y el Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León, en coordinación con los municipios metropolitanos que integran el señalado polígono, deberán de llevar las acciones de prevención, inspección y vigilancia, con la finalidad de que en el ámbito de sus competencias sancionen, detengan y retiren de la circulación las unidades de carga que incumplan el Acuerdo emitido por el Gobernador.
Asimismo, se comisiona a la Secretaría de Medio Ambiente o al Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León para implementar sistemas de control vial y regulación del tránsito, mediante el uso de cámaras inteligentes y lectores de placas.
En principio, en el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, consideramos que la intención del Gobernador del Estado es correcta; que se reconozca la grave problemática de la contaminación del aire que impera en Nuevo León, y se busquen posibles soluciones a este problema, pues todos tienen derecho al acceso a un medio ambiente sano. En el artículo 44, párrafo 4 de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se establece que la protección de la naturaleza será garantizada por el Estado en el ámbito de su competencia, promoviendo siempre la participación ciudadana en la materia.
Las medidas administrativas aplicadas no se traducen en un beneficio palpable en pro del medio ambiente, ya que la restricción en el horario de circulación del transporte de carga, no tiene como objetivo la disminución de las emisiones contaminantes a la atmósfera pues la industria del autotransporte solo general el 33% de las emisiones contaminantes. El Acuerdo no toma en consideración que estás ultimas, seguirán ocurriendo durante otro horario, por lo que es necesario que este acuerdo vaya acompañado de otras medidas y antecedentes para su éxito y verdadero impacto en la salud de los neoloneses, no solo afectando a una sola industria que es pilar dentro de la cadena de suministro para otros sectores productivos.
También resulta necesario señalar, que la falta de consenso previo de este Acuerdo administrativo, con los actores involucrados y aquellos especialistas ambientales, esto es, a los municipios que constituyen ser la instancia facultada para vigilar su cumplimiento, así como el gremio del transporte, que son los sujetos obligados con las disposiciones emitidas, hace complejo que su implementación resulte eficaz, y con ello se dilucide factible su operación y éxito.
Ahora bien, el transporte de carga desempeña un papel esencial dentro del comercio e industria del área metropolitana del Estado de Nuevo León. El sector no solo es responsable de trasladar una amplia variedad de mercancías, insumos, productos, y bienes de primera necesidad, sino que también constituye un pilar para la actividad económica de la región por ser no solo generador de empleos, si no también aliado en el correcto funcionamiento de las otras industrias del Estado.
Asimismo, el Acuerdo administrativo que restringe la circulación de vehículos de carga, contiene disposiciones que se contraponen con el Reglamento Homologado de Tránsito vigente, donde ya existe una restricción para la circulación de las unidades de carga pesada en horario matutino y vespertino, de 06:30 a 09:30, y de 18:00 a 20:00 horas, mismo que actualmente es aplicado por las autoridades municipales, lo que acarrea una incertidumbre jurídica tanto para los sujetos obligados (transportistas) como a las autoridades encargadas de su vigilancia y cumplimiento.
Las autoridades de los diversos municipios que componen en el polígono de zona de gestión de demanda, han expresado en múltiples ocasiones la falta de reglas o un protocolo de actuación para ellos, lo que ocasiona incertidumbre de su aplicación, y traslada la posibilidad de que acontezcan actos de corrupción como las extorsiones que tantas veces han denunciado los transportistas de las que son objeto en su paso por nuestra ciudad.
Lo anterior, ya que esta disposición administrativa estatal resulta ambigua, el incumplimiento a la restricción a la circulación no viene aparejado a una sanción específica, ya que habla de forma general de sanción, detenciones y retiro de la circulación de los vehículos pesados, pero no señala las acciones que las autoridades de transito municipales deberán de ejercer, de igual forma, no se establece cómo saber si un camión o tráiler tiene o no como destino la ciudad, lo que obliga a que toda unidad de transporte de carga pesada sea detenida para su revisión, con todo el trastorno que ello conlleva tanto en la cuestión logística a las empresas, como el caos vehicular en nuestras calles.
Por otro lado, en la bancada de Acción Nacional consideramos que es positivo que se haya considerado por parte del Gobierno del Estado el otorgar subsidios o descuentos en el peaje de las autopistas como "Anillo Periférico" que los transportistas consideran como la más cara del país, tal y como anteriormente este H. Congreso lo había exhortado. No obstante, el gremio de transporte ha manifestado que el mismo resulta insuficiente, toda vez que actualmente únicamente se contemplan descuentos del 10% en las casetas de Lincoln y Apodaca, y del 50% en la de Juárez, lo que en promedio representa un ahorro de menos del 30%, sin embargo, de las pláticas que hemos sostenido con los representantes de los transportistas, con dichos descuentos el costo por el peaje sigue siendo elevado, y se requiere de al menos un 50% de descuento en todas la casetas de esta autopista de paga para que las operaciones de los transportistas de carga resulten rentables utilizando estas vías de cuota y que dicho gasto no afecte en la cadena de suministro, recordando que el transporte puede representar entre el 10 y 15% del precio final de un producto.
Por último, se estima pertinente el estudio de la implementación de sistemas de control vial y regulación de tránsito mediante el uso de cámaras inteligentes y lectores de placas, toda vez que las herramientas de tecnología e implementación de inteligencia artificial no son contundentes en coadyuvar a la disminución de contaminantes en la atmosfera y en todo caso, el uso de las tecnologías conlleva un impacto ambiental, al hacer uso de recursos como la energía o agua y generar emisiones de gases de efecto invernadero por el uso de centros de datos.
Es por las consideraciones expuestas, que desde esta tribuna exhortamos de manera respetuosa al Gobierno del Estado de Nuevo León a que en coordinación con todas las partes involucradas; es decir, al gremio del transporte, a los municipios, a los especialistas ambientales y un representante popular de este H. Congreso, lleve a cabo mesas de trabajo para que de forma consensuada se tomen decisiones para solucionar la grave problemática de contaminación y movilidad que aqueja a Nuevo León, que no se afecte a esta rama productiva tan importante como es el transporte de bienes y mercancías, y se tengan reglas claras de cómo se implementarán estas disposiciones con las autoridades competentes encargadas de su inspección y vigilancia, lo que a la postre redundara en el éxito del mismo en beneficio de la población de esta ciudad.
De la misma manera, se plantea la necesidad de que el Gobierno del Estado a través del Consejo de Administración de la Red Estatal de Autopistas, implemente mayores estímulos para que los propietarios o poseedores de vehículos de transporte de carga vean factible económicamente utilizar las vías de cuota que están bajo su operación y administración, con la finalidad de que les facilite continuar a su destino final sin ingresar a la Zona Metropolitana de Monterrey.
Por lo antes expuesto, se propone el siguiente proyecto de:
ACUERDO
PRIMERO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, acuerda enviar un urgente exhorto al Gobernador del Estado de Nuevo León, Samuel Alejandro García Sepúlveda, con la finalidad de que establezca mesas de trabajo con autoridades municipales, especialistas ambientales y representantes de las cámaras empresariales como la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (CANACAR), Unión de Transportistas de Allende, Central de Servicios de Carga de Nuevo León (Censecar), Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos, A.C. (Conatram), Alianza Mexicana de Organización de Transportistas, A.C. (Amotac) Integradora de Derechos Convencionales, A.C. (Indeco), y demás cámaras, asociaciones y empresas interesadas, así como un representante popular designado por este H. Congreso, a efecto de buscar de forma consensuada soluciones y mecanismos que resuelvan la grave problemática de contaminación del aire y movilidad que aquejan la Zona Metropolitana de Monterrey.
SEGUNDO. - Esta Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, exhorta a la Red Estatal de Autopistas para que implemente mayores estímulos a efecto de que los propietarios o poseedores de vehículos de transporte de carga vean factible económicamente utilizar las vías de cuota que están bajo su operación y administración, con la finalidad de que les facilite continuar a su destino final sin ingresar a la Zona Metropolitana de Monterrey
MONTERREY, NUEVO LEÓN A 31 MARZO DE 2025
A T E N T A M E N T E.-
AILE TAMEZ DE LA PAZ
DIPUTADA LOCAL
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