Autor: Grupo Legislativo PAN
Por: Itzel Castillo Almanza.
En 2021, 41.8 % de las mujeres de 15 años y más manifestó haber vivido alguna situación de violencia en su infancia (antes de cumplir 15 años).
En 2022, de acuerdo con datos de las Fiscalías Generales de Justicia estatales, el delito de violación registró su máximo en el grupo de 10 a 14 años y ocurrió 4.7 veces más en niñas que en niños de esta edad, con 4 197 y 884 casos, respectivamente.
En Nuevo León entre el 1 de enero de 2020 y el 28 de febrero de 2025, la Fiscalía del Estado inició 23,229 averiguaciones previas por delitos sexuales, un promedio de 374.7 al mes, es decir, una carpeta cada 117 minutos en ese periodo.
En el contexto de la violencia sexual en México, la figura jurídica de la persecución por oficio representa un avance esencial para garantizar justicia a las víctimas, especialmente a aquellas en situación de vulnerabilidad o bajo coerción.
El abuso sexual requiere de una denuncia formal por parte de la víctima para iniciar una investigación penal, lo que genera graves limitaciones en el acceso a la justicia. El temor, la vergüenza, la dependencia emocional o económica del agresor, así como la revictimización institucional, son factores que explican por qué muchas víctimas optan por no denunciar.
Algunos Estados han comenzado a implementar esta medida. En Jalisco desde 2012 persigue de oficio el abuso sexual contra menores de edad, lo que incluye delitos como el estupro o los atentados al pudor. También la Ciudad de México ha avanzado en esta línea, estableciendo que delitos sexuales agravados, como la violación y el abuso contra personas vulnerables, sean investigados automáticamente. Oaxaca, de igual manera, contempla la persecución de oficio en casos de abuso sexual infantil o cuando el agresor tenga una posición de poder.
Puebla, por ejemplo, desde marzo de 2025 se permite que la Fiscalía investigue casos de violación dentro del matrimonio sin necesidad de denuncia, reconociendo que el consentimiento debe ser permanente, incluso en una relación conyugal.
Estas medidas no sólo fortalecen la protección legal de las víctimas, sino que también envían un mensaje social claro: los delitos sexuales no son privados ni pueden minimizarse por contexto familiar, edad o condición social.
Dejar en manos de la víctima la carga exclusiva de denunciar representa una forma de abandono institucional.
Por ello, perseguir de oficio estos delitos contribuye a desmantelar el silencio y la impunidad que durante años ha cubierto este tipo de violencia.
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