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COMERCIALIZACIÓN DEL CAMPO

13 de Octubre 2025

IGNACIO-CASTELLANOS-77

Autor: Grupo Legislativo PAN

DIP.  ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E. -

El suscrito Diputado Ignacio Castellanos Amaya e integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, de conformidad con los artículos 86, 87 y 88 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y con fundamento en los artículos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, acudimos a esta soberanía a proponer el siguiente proyecto de decreto por el que se ADICIONA la fracción III Bis y fracción XI al artículo 31 a la LEY DE DESARROLLO RURAL INTEGRAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN , en materia de comercialización de productos del campo, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los productores primarios agropecuarios, como agricultores y ganaderos, son los responsables de transformar los recursos naturales en productos esenciales para la alimentación y otros usos, tales como granos, frutas, verduras, carne y leche. Estos constituyen el primer eslabón del sector primario de la economía y representan la base de la cadena alimentaria, ya que de su trabajo depende la disponibilidad de alimentos que garantizan la subsistencia de la sociedad.

Su labor va más allá de la simple producción, implica conservar prácticas que sostienen los ecosistemas, generar empleo en las comunidades rurales y mantener vivas tradiciones productivas que forman parte de la identidad cultural. Además, su actividad es clave para impulsar la economía local y regional, ya que provee insumos indispensables para las industrias de transformación, como la alimentaria, la textil o la agroindustrial.

En este sentido, los productores primarios no solo contribuyen al crecimiento económico, sino que también juegan un papel determinante en la estabilidad social. Su trabajo asegura el acceso constante a productos de calidad, lo que fortalece la salud, la nutrición y el bienestar de las familias. Proteger y fortalecer a este sector es, por tanto, una necesidad estratégica para garantizar el desarrollo sostenible y el equilibrio entre economía, medio ambiente y sociedad.

Históricamente, los productores primarios surgieron en el Neolítico, hace más de 10,000 años, cuando la humanidad pasó de la caza y la recolección a la agricultura y la ganadería, adoptando un estilo de vida sedentario y domesticando plantas como el trigo y la cebada. Este cambio representó un hito en la organización social y económica, permitiendo el surgimiento de comunidades estables y la consolidación de sistemas productivos.

Actualmente, en Nuevo León, los productores primarios siguen siendo una pieza clave de la economía. En el tercer trimestre de 2024, las actividades primarias agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza reportaron un incremento anual del 14%, situando al estado en el séptimo lugar a nivel nacional. Este dato refleja la importancia creciente de la agricultura y ganadería en la economía local y el potencial de estos sectores para generar ingresos y empleo.

A pesar de su relevancia histórica, cultural y económica, los productores del campo enfrentan enormes desafíos que ponen en riesgo su permanencia y crecimiento. Su esfuerzo cotidiano, que garantiza alimentos para la sociedad, suele verse opacado por las grandes cadenas comerciales, cuyo poder de negociación les permite imponer precios bajos gracias a su acceso a múltiples proveedores. Esta dinámica afecta de manera directa a los pequeños y medianos productores, reduciendo sus márgenes de ganancia y limitando sus posibilidades de desarrollo.
A estas dificultades se suman los obstáculos para acceder a mercados de mayor valor, los cuales exigen certificaciones costosas, estándares de calidad más estrictos y una logística que no siempre está al alcance de los productores locales. Tales barreras terminan restringiendo su competitividad y perpetuando la desigualdad frente a los grandes actores del sector.

En este contexto, los canales de venta adquieren un papel central, ya que son la vía mediante la cual los productores pueden colocar sus bienes de manera justa, segura y eficiente. Estos canales pueden ser directos como los mercados locales, plataformas digitales propias o indirectos, a través de mayoristas, distribuidores o cadenas minoristas. La elección del canal más adecuado depende de la naturaleza del producto, la estrategia del productor y el perfil del consumidor al que se busca llegar. Por ello, fortalecer estos mecanismos mediante políticas y estrategias de acompañamiento se vuelve indispensable para garantizar precios justos, asegurar la trazabilidad de los productos y mejorar la rentabilidad de las comunidades rurales.

Para fortalecer la competitividad del sector rural no basta con incentivar la producción; es indispensable proporcionar a los productores las herramientas e infraestructura necesarias para transformar sus materias primas y agregar valor a su producción. La falta de equipamiento, como centros de acopio, plantas de procesamiento, sistemas de refrigeración, maquinaria de empaque o tecnologías de conservación, limita significativamente las posibilidades de los agricultores y ganaderos para acceder a mercados más exigentes o rentables.

Por ello, es importante proporcionar el equipamiento adecuado y modernizar las instalaciones, con el propósito de agregar valor a la producción local, fortalecer las cadenas productivas y mejorar la competitividad del sector rural. Esto contribuirá a mejorar la producción de bienes elaborados a partir de materias primas locales, promover el empleo y dar estabilidad a las actividades económicas. Asimismo, al consumir productos locales, se garantiza la trazabilidad de su origen y calidad, lo que impulsa el consumo de materias primas regionales para su elaboración y distribución, tanto a nivel local como regional, fortaleciendo así la economía.

La integración de los productores en diferentes cadenas de valor amplía aún más sus oportunidades. Cada cadena representa un nivel distinto de acceso y beneficios, y conocer su funcionamiento permite a los agricultores diversificar sus opciones de comercialización y reducir riesgos. Al mismo tiempo, la diversificación fortalece la infraestructura de venta y equilibra la relación de poder frente a las grandes cadenas comerciales, generando condiciones más equitativas para los productores.

En definitiva, impulsar la comercialización de productos del campo y el equipamiento para su transformación a nivel local no solo responde a una estrategia económica, sino también a un acto de justicia social. Reconocer y apoyar la labor de los productores primarios es garantizar su estabilidad económica, promover la seguridad alimentaria, fomentar la sostenibilidad del campo y, en última instancia, consolidar el desarrollo regional. Apostar por ellos significa invertir en el futuro de la agricultura y en el bienestar de toda la sociedad.

Por lo antes expuesto, se propone el siguiente proyecto de:

DECRETO

ÚNICO. - Se ADICIONA la fracción III Bis y fracción XI, al artículo 31 a la LEY DE DESARROLLO RURAL INTEGRAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, para quedar como sigue:

Artículo 31.- Mediante acuerdos y convenios con las diversas entidades y dependencias federales, estatales y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, se fomentarán en concordancia con las Leyes y programas federales, las siguientes acciones:

I. a III. (...)

III Bis. El impulso a la comercialización de productos del campo a nivel local, mediante el fortalecimiento de canales de venta que faciliten a los productores obtener mejores ingresos y acceder a mercados con precios más justos;

IV. a X. (...)

XI. Impulsar el equipamiento y modernización de centros de transformación de materias primas, con el propósito de agregar valor a la producción local, fortalecer las cadenas productivas y mejorar la competitividad del sector rural.


TRANSITORIOS
PRIMERO. - El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

SEGUNDO. - El Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, destinará la partida presupuestal para la implementación de las presentes disposiciones, en el presupuesto de Egresos del Estado que se apruebe posteriormente a la entrada en vigor del presente Decreto.

MONTERREY, NUEVO LEÓN., A FECHA DE SU PRESENTACIÓN.

A T E N T A M E N T E
GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL


DIP. IGNACIO CASTELLANOS AMAYA

PAN

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