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Transparencia Ambiental

24 de Noviembre 2025

MAURO-GUERRA-77

Autor: Grupo Legislativo PAN

DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E. -

El suscrito Diputado Mauro Guerra Villarreal e integrantes del Grupo Legislativo Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, de conformidad con los artículos 86, 87 y 88 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y con fundamento en los artículos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, acudimos a esta soberanía a proponer el siguiente proyecto de decreto por el que se REFORMA la fracción IV y V y se ADICIONA la fracción VI del artículo 57 de la LEY AMBIENTAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Actualmente, la crisis climática representa uno de los mayores desafíos que se están enfrentando. Este fenómeno es una amenaza real, la cual continua acelerandose, y con consecuencias devastadoras para los ecosistemas, la salud pública, y el bienestar de las futuras generaciones.

De acuerdo con datos del Observatorio del Aire, una organización de la sociedad civil dedicada a generar esfuerzos colaborativos y fundamento técnico para mejorar la calidad del aire en Nuevo León; la temperatura promedio anual desde 1985 al 2023 ha ido incrementando, y en análisis con un estudio generado por el mismo Observatorio, la anomalía de temperatura promedio del año 2023 en el Estado de Nuevo León, comparada con el promedio del año 1991 a 2020, bajo el mismo estudio y metodología que útilizo la Organización Meteorológica Mundial el portavoz autorizado del sistema de las Naciones Unidas en todo lo concierne al Estado y el comportamiento de la atmósfera terrestre, su interacción con la tierra y los océanos, el tiempo y el clima que genera, y la consiguiente distribución de los recursos hídricos; en su reporte "Estado del Clima Global 2023", donde se menciona el aumento de hasta 2 grados Celsius en la entidad. A comparación del análisis del Observatorio del Aire de Monterrey, estableciendo un promedio de temperatura del año 1991 a 2020 de 20.7 grados, mientras que el promedio del año 2023 fue de 23. 7 grados, obteniéndose una anomalía de 3 grados Celsius más en Nuevo León, como se muestra en la gráfica, con datos del Servicio Meteorológico Nacional, el cual provee pronósticos, alertas e información del estado del tiempo y del clima estratégica y útil para el país.


En ese contexto, es importante considerar el análisis de la vulnerabilidad del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, organismo de investigación del Estado Mexicano que genera e integra investigación técnica y científica en materia de ecología y cambio climático, para apoyar la toma de decisiones; el cual constituye el punto de partida fundamental para implementar medidas de adaptación al cambio climático. Esta evaluación permite reconocer cuáles son las amenazas climáticas más relevantes en una región determinada, así como los problemas derivados de ellas y, sobre todo, las causas estructurales que pueden agravar sus efectos en la población.
Por consiguiente, la Responsabilidad Social Corporativa es un modelo de gestión empresarial que integra de manera voluntaria criterios sociales, ambientales y éticos en las operaciones. Su objetivo principal es generar valor compartido, contribuyendo al desarrollo sostenible al mismo tiempo que fortalece la reputación, la competitividad y la legitimidad de la organización.
Nuevo León, un Estado donde la actividad industrial es uno de los principales motores económicos, pero también una fuente significativa de presión ambiental, la implementación de una estrategía de transparencia ambiental en el que se consoliden prácticas de responsabilidad social corporativa, representa una medida estratégica para enfrentar los retos ecológicos. La cual permitiría que las empresas establecidas en el Estado reporten de manera periódica y estandarizada su huella ecológica y acciones de mitigación ambiental y al hacer pública esta información, se habilita un monitoreo ciudadano efectivo, se fortalece el escrutinio público y se fomenta una cultura de corresponsabilidad ambiental.

Y en efecto, el Estado cuenta con instituciones y personal capacitado que pueden colaborar en la implementación de esta iniciativa. Es importante señalar que el objetivo no debe considerarse una carga administrativa o económica adicional, más bien, una inversión estratégica ambiental a largo plazo.

Por lo antes expuesto, e propone el siguiente proyecto de:

DECRETO
ÚNICO. - Se REFORMA la fracción IV y V y se ADICIONA la fracción VI del artículo 57 de la LEY AMBIENTAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, para quedar como sigue:

Artículo 57. - (...)
I.a III. (...)

IV. Las acciones de coordinación necesarias con cámaras, sindicatos y empresas, con objeto de incluir en los temas a tratarse en el seno de las comisiones de seguridad e higiene y de adiestramiento y capacitación, capítulos relativos a la protección ambiental y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, para crear y fortalecer una conciencia ecológica entre los factores de la producción;

V. La promoción de prácticas de responsabilidad social corporativa mediante mecanismos de transparencia ambiental que faciliten el reporte y difusión de la huella ecológica generada, con el fin de fortalecer el desempeño ambiental de los sectores productivos; y

VI. Las demás acciones que induzcan a las empresas a alcanzar los objetivos de la política ambiental superiores a las previstas en la normatividad ambiental establecida.


TRANSITORIOS
ÚNICO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

MONTERREY, NUEVO LEÓN., A FECHA DE SU PRESENTACIÓN.


A T E N T A M E N T E
GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

DIP. MAURO GUERRA VILLARREAL

PAN

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