Autor: Grupo Legislativo PAN
DIP. IZTEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E. -
El suscrito Diputado José Luis Santos Martínez, integrante del Grupo
Legislativo del Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura
del H. Congreso del Estado de Nuevo León, en uso de las atribuciones
conferidas en los artículos 86 y 87 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Nuevo León, correlacionado con los artículos 102, 103 y 104 del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León,
acudimos ante esta Soberanía a presentar iniciativa que expide la LEY DE
IMAGEN INSTITUCIONAL Y REGULACIÓN DEL GASTO EN COMUNICACIÓN
SOCIAL DE LOS PODERES, MUNICIPIOS Y ENTES PÚBLICOS DEL ESTADO
DE NUEVO LEÓN, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Hoy hay que decirlo sin rodeos. En Nuevo León, el gobierno ha
confundido gobernar con hacerse publicidad, y el caso más claro es el del
gobernador Samuel García.
Aquí no estamos hablando de percepciones, estamos hablando de
dinero público. En solo 90 días, el gobierno destina más de 155 millones
de pesos en publicidad digital. Eso significa cerca de 1.7 millones de
pesos diarios para promocionar su imagen y la de su gabinete. Y no es un
hecho aislado: el gasto en comunicación social ha crecido hasta en un 74%
en 2024, en un 100% en el 2025% y según cifras el gasto del 2026 pinta
para crecer aún más.
Lo más grave es que se ha rebasado el presupuesto aprobado para
el gasto de imagen en más de un 30% y se han alcanzado cifras que
superan los 600 y hasta los 739 millones de pesos anuales.
La pregunta es obligada: ¿esa es la prioridad de Nuevo León?
Mientras la ciudadanía enfrenta problemas de inseguridad, tráfico, servicios
públicos deficientes y presión en el sistema de salud, el gobierno decide
gastar cientos de millones en redes sociales, espectaculares y campañas
para verse bien. Eso no es informar, eso es construir una imagen, y
hacerlo con dinero de la gente.
No es solo un problema de exceso, es un problema de legalidad.
Porque cuando el gobierno usa recursos públicos para posicionarse
políticamente, rompe la equidad, convierte la comunicación social en
propaganda y debilita la confianza ciudadana.
El problema de fondo es que hoy no hay límites reales. Se puede
gastar sin control en imagen, se puede disfrazar promoción personal como
comunicación institucional y se puede utilizar dinero público para construir
una marca política. Eso es lo que esta iniciativa busca corregir.
Esta propuesta establece reglas claras, fija límites al gasto, prohíbe el
uso de elementos que puedan asociarse con proyectos políticos o personas
y obliga a transparentar cada peso destinado a comunicación social.
Porque el dinero público no es para likes, no es para seguidores y no
es para campañas disfrazadas. Es para resolver problemas. Gobernar no
es salir bien en redes sociales, gobernar es dar resultados.
Es momento de poner reglas, de cerrar la puerta a los abusos y de
exigir que se gobierne con responsabilidad. Porque el dinero de la gente no
se usa para promover a los gobernantes. Se usa para responderle a la
gente.
Por lo antes expuesto se presenta el siguiente proyecto de:
DECRETO
ÚNICO.- Se expide la Ley de Imagen Institucional y Regulación del Gasto
en Comunicación Social de los Poderes, Municipios y Entes Públicos del
Estado de Nuevo León , para quedar de la siguiente manera:
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículos 1-4.
Se establece el carácter obligatorio de la ley, sus objetivos, principios de
legalidad y neutralidad, y definen conceptos clave, prohibiendo la promoción
personalizada.
CAPÍTULO II. IMAGEN INSTITUCIONAL
Artículos 5-8.
Se regula la imagen institucional mediante un manual basado en el escudo
y colores oficiales, obligando su uso en bienes y materiales públicos.
Artículos 9-10.
Se prohíbe el uso indebido del escudo y cualquier elemento gráfico
vinculado a partidos políticos.
Iniciativa que crea la Ley de Imagen Institucional y Regulación del Gasto en Comunicación Social de los
Poderes, Municipios y Entes Públicos del Estado de Nuevo León, Diputado José Luis Santos
Artículos 11-12.
Se estipula que los uniformes y bienes públicos deben ajustarse a la imagen
institucional, con excepciones legales o funcionales.
CAPÍTULO III. MANUAL DE IDENTIDAD INSTITUCIONAL
Artículos 13-15.
Se establece el manual como obligatorio, técnico, sobrio y ajeno a intereses
políticos o personales.
CAPÍTULO IV. DIFUSIÓN INSTITUCIONAL
Artículos 16-18.
Se regula la difusión como informativa, transparente, sin contenido político y
orientada a la austeridad.
CAPÍTULO V. COMUNICACIÓN SOCIAL Y GASTO EN IMAGEN
Artículos 19-20.
Se limita el gasto en comunicación y se prohíbe su uso para promoción
personal o política.
Artículos 21, 21 Bis y 21 Bis I.
Se obliga a transparentar el gasto y restringe la difusión gubernamental,
especialmente en procesos electorales.
CAPÍTULO VI. RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
Artículos 22-23.
Establecen sanciones, consideradas graves cuando impliquen uso indebido
de recursos o promoción personalizada.
TRANSITORIOS
PRIMERO.
El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado.
SEGUNDO.
Los entes públicos tienen 180 días hábiles para emitir y publicar su Manual
de Identidad Institucional conforme a la ley.
TERCERO.
Los materiales actuales pueden seguir usándose hasta agotarse o terminar
su vida útil.
CUARTO.
Los entes públicos deben ajustar sus procedimientos y controles en 90 días
hábiles para cumplir la ley.
MONTERREY, NUEVO LEÓN., A FECHA DE SU PRESENTACIÓN.
A T E N T A M E N T E
DIP. JOSÉ LUIS SANTOS MARTÍNEZ
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