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Ley de Pavimento

13 de Abril 2026

MIGUEL-ANGEL-GARCIA-77

Autor: Grupo Legislativo PAN

DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E . -

El suscrito Diputado Miguel Ángel García Lechuga, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, en ejercicio de las atribuciones establecidas con los artículos 122 Bis 1, 122 Bis 2 y 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado de Nuevo León, me permito proponer el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El estado de Nuevo León enfrenta una problemática estructural en materia de infraestructura vial que impacta directamente en la calidad de vida de la población, la movilidad urbana y el desarrollo económico.
De acuerdo con datos recientes de percepción ciudadana (diciembre de 2025), el 86.4% de la población mayor de 18 años considera que los baches en calles y avenidas constituyen uno de los principales problemas en su ciudad. Asimismo, el 61.2% identifica los embotellamientos frecuentes como una afectación relevante, problemática que se agrava por el deterioro de las vialidades.

Estos datos no solo reflejan una inconformidad generalizada, sino que evidencian una deficiencia sistemática en la construcción, rehabilitación y MANTENIMIENTO de pavimentos, lo cual genera consecuencias como:
Incremento en accidentes viales
Daños al patrimonio de las personas
Aumento en tiempos de traslado
Sobrecostos en transporte y logística
Deterioro de la competitividad urbana
Además, el incremento en la percepción negativa respecto a vialidades con embotellamientos (8.3 puntos porcentuales) y servicios públicos deficientes confirma una tendencia de agravamiento del problema, lo que exige una intervención legislativa urgente y coordinada.
En este contexto, la propuesta contenida en el expediente 19435/LXXVII, relativa a la Ley para la Construcción, Rehabilitación y Mantenimiento de Pavimentos para el Estado y Municipios de Nuevo León, representa una oportunidad fundamental para:

Establecer criterios técnicos uniformes
Garantizar la calidad de los materiales y procesos constructivos
Definir responsabilidades claras entre estado y municipios
Implementar mecanismos de supervisión y evaluación
Asegurar la correcta aplicación de recursos públicos
Sin embargo, dada la relevancia, impacto transversal y complejidad técnica de esta legislación, resulta indispensable que su análisis se realice mediante un proceso abierto, técnico y participativo.
La realización de mesas de trabajo permitirá:
Incorporar la opinión de especialistas en ingeniería civil, urbanismo y movilidad
Escuchar a autoridades municipales responsables de la ejecución
Considerar la experiencia del sector privado y académico
Integrar la voz ciudadana, directamente afectada por esta problemática
Esto no solo fortalecerá el contenido de la ley, sino que garantizará su viabilidad operativa, eficacia y legitimidad social.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente punto de:

ACUERDO

PRIMERO. - La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León aprueba llevar a cabo mesas de trabajo y las consultas respectivas, a través de la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en fechas por definir, con el objeto de realizar el análisis y estudio de la iniciativa de la nueva Ley para la Construcción, Rehabilitación y Mantenimiento de Pavimentos para el Estado y Municipios de Nuevo León, contenida en el expediente 19435/LXXVII, turnado a dicha Comisión.

SEGUNDO. - Se instruye a la Oficialía Mayor de este Poder Legislativo para que, en el ámbito de sus atribuciones, proporcione el apoyo técnico, administrativo y logístico necesario para la adecuada realización de las mesas de trabajo.

A T E N T A M E N T E.-
MONTERREY, NUEVO LEÓN AL DÍA QUE SE PRESENTA


DIP. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA LECHUGA
Diputado Local por Santa Catarina

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