Autor: Grupo Legislativo PAN
DIP. PERLA DE LOS ÁNGELES VILLARREAL VALDEZ
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E. -
La suscrita Diputada Aile Tamez de la Paz e integrantes del Grupo Legislativo Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, de conformidad con los artículos 122 Bis 1, 122 Bis 2 y 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado de Nuevo León, nos permitimos proponer el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Durante la última sesión ordinaria de la Junta de Gobierno del Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León se presentó el avance del ejercicio presupuestal correspondiente al segundo trimestre del ejercicio fiscal 2026, en el cual se informó que el 87.2% de los recursos ejercidos por el Instituto se destinó al pago de contratos administrativos relacionados con unidades.
Pongámoslo así, casi 9 de cada 10 pesos del Instituto van a estos contratos administrativos. Por supuesto que la cifra resulta, por sí misma, relevante y obliga a realizar un análisis puntual sobre el destino y ejercicio de los recursos públicos del Instituto.
No es para nadie sorpresa decir que Nuevo León enfrenta una crisis gravísima en materia de movilidad y que contar con unidades suficientes, disponibles y en buenas condiciones es indispensable para garantizar un servicio adecuado a la ciudadanía. Sin embargo, tener unidades contratadas no necesariamente significa tener unidades efectivamente prestando el servicio.
Aunque podamos ver con nuestros propios ojos las deficiencias del servicio público de transporte, no se trata solamente de una percepción ciudadana; la propia información presentada durante la Junta de Gobierno muestra que existen deficiencias en el desempeño de diversas rutas y en la eficiencia de los servicios de transporte. Ante este escenario, surgen diferentes preguntas:
¿Qué estamos pagando?
¿Cuántas unidades contratadas se encuentran realmente en operación?
¿Cuántas permanecen fuera de servicio?
¿Qué proveedores concentran el mayor número de unidades y qué resultados están entregando?
Y, particularmente, si existen incumplimientos en la prestación de los servicios, o resultados que no corresponden con lo establecido en los contratos, ¿qué medidas se están tomando para exigir su cumplimiento y, en su caso, por qué no se han hecho efectivas las consecuencias contractuales correspondientes?
Más de la mitad de los recursos ejercidos por el Instituto está vinculado al pago de contratos administrativos relacionados con unidades, por lo que conocer las condiciones bajo las cuales se ejercen dichos recursos constituye un asunto de evidente interés público.
La dimensión de este porcentaje obliga a conocer con precisión quiénes son los proveedores o contratistas que reciben estos recursos, qué cantidad de unidades tiene contratada cada uno, cuánto se les paga, cuáles son las condiciones pactadas y, sobre todo, cuántas de las unidades por las que el Estado está pagando se encuentran efectivamente disponibles y prestando el servicio para el cual fueron contratadas.
La correcta administración de los recursos públicos no puede limitarse a acreditar que existe un contrato y que se realizó un pago. En este sentido, la revisión de los contratos administrativos debe comprender no solamente su origen y procedimiento de contratación, sino también su ejecución, cumplimiento y resultados.
No se trata únicamente de saber cuánto se gasta; se trata de saber qué recibe la ciudadanía a cambio de ese gasto.
El Instituto de Movilidad y Accesibilidad administra recursos destinados a atender una de las necesidades más sensibles de la población de Nuevo León: el derecho a una movilidad. Por ello, cada peso destinado a la contratación de servicios y unidades debe encontrarse
Mientras miles de personas continúan enfrentando diariamente retrasos, rutas deficientes y unidades que no siempre se encuentran disponibles, lo mínimo que debe existir es certeza de que cada unidad por la que se está pagando se encuentra efectivamente prestando el servicio y que, cuando esto no ocurre, existen consecuencias para quien incumple.
Por lo antes expuesto, se propone el siguiente proyecto de:
ACUERDO
ÚNICO. - La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León instruye, a través de la Comisión de Vigilancia, a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, para que, en el ámbito de sus atribuciones, inicie una revisión excepcional al Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León, respecto de los contratos administrativos celebrados y ejercidos durante los ejercicios fiscales 2024, 2025 y 2026, de manera particular, se solicita que, respecto de los contratos de arrendamiento, se verifique:
La razón social del proveedor o contratista;
El objeto, monto, vigencia y procedimiento de contratación;
Los pagos efectuados y sus comprobantes;
Las modificaciones, ampliaciones, convenios modificatorios o prórrogas celebradas;
La cantidad total de unidades arrendadas, desglosada por proveedor, señalando el número de unidades que se encuentran en servicio, en mantenimiento, en reparación o fuera de operación por cualquier otra causa, así como el periodo durante el cual han permanecido fuera de servicio;
Los mecanismos utilizados para supervisar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones contractuales;
La documentación que acredite la efectiva prestación del servicio; y
La aplicación de penas convencionales, deductivas, sanciones o cualquier otro mecanismo derivado de incumplimientos.
Lo anterior con fundamento en los artículos 102 y 105 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y los artículos 36 al 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.
A T E N T A M E N T E.-
MONTERREY, NUEVO LEÓN A FECHA DE SU PRESENTACIÓN.
DIP. AILE TAMEZ DE LA PAZ
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