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Derrame de Pemex

12 de Octubre 2026

AILE-TAMEZ-DE-LA-PAZ-77

Autor: Grupo Legislativo PAN

DIP. PERLA DE LOS ÁNGELES VILLARREAL VALDEZ
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E. -

La suscrita Diputada Aile Tamez de la Paz e integrantes del Grupo Legislativo Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, de conformidad con los artículos 122 Bis 1, 122 Bis 2 y 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado de Nuevo León, nos permitimos proponer el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El día de ayer 11 de octubre, se registró un derrame de hidrocarburos en el río Pilón, a la altura del municipio de Montemorelos derivado de una fuga en un ducto fuera de servicio perteneciente a Petróleos Mexicanos (PEMEX), correspondiente al oleoducto Madero-Cadereyta.
El incidente lo relacionan con posibles actos vandálicos lo que provocó la salida de remanentes de hidrocarburo que permanecían al interior de la tubería. La fuga fue localizada a la altura del kilómetro 43+861 luego de que habitantes de la zona alertaran a las autoridades por el intenso olor a combustible y la presencia visible de una sustancia sobre el cauce del río.
La situación adquiere especial relevancia debido a que el río Pilón forma parte de una red hidrológica vinculada con la presa El Cuchillo, una de las principales fuentes de abastecimiento de agua potable para la zona metropolitana de Monterrey. Por ello, resulta indispensable que las autoridades competentes determinen el alcance del derrame.
Lamentablemente, los derrames de hidrocarburos no son un problema aislado en nuestro país. La actividad petrolera, las fallas en la infraestructura, la falta de mantenimiento y las intervenciones ilícitas en los ductos representan factores que pueden ocasionar episodios de contaminación con consecuencias que van mucho más allá del sitio donde se origina una fuga.
Los hidrocarburos pueden generar afectaciones a la flora, la fauna y los microorganismos, alterar las condiciones de los ecosistemas y comprometer la calidad del agua y del suelo. Asimismo pueden representar riesgos para la salud humana, incluidos efectos tóxicos y potencial carcinogénico.
Las consecuencias de una contingencia ambiental no terminan en el daño ecológico. También pueden alcanzar la vida cotidiana de las comunidades: afectar actividades agrícolas, limitar el aprovechamiento de los cuerpos de agua, generar pérdidas económicas y restringir espacios que las familias utilizan para la recreación y la convivencia.
Basta recordar lo ocurrido durante inicios del 2026 en las costas del Golfo de México, donde la presencia de hidrocarburos en zonas de Veracruz y Tabasco ocasionó afectaciones a comunidades pesqueras, cuya actividad productiva y fuente de ingresos se vieron comprometidas. Este tipo de experiencias demuestra que, cuando la contaminación alcanza los recursos de los que depende una comunidad, el daño ambiental se convierte también en un problema social y económico.
En el caso del río Pilón, la preocupación no debe limitarse a determinar si el derrame fue de grandes o pequeñas dimensiones. También es necesario preguntarnos qué sucede con las personas que utilizan sus aguas para actividades productivas o que encuentran en este espacio un lugar de recreación y convivencia familiar.
Un río no deja de ser importante porque no tenga actividad pesquera a gran escala, ni pierde su valor porque la contaminación no alcance las dimensiones de una emergencia nacional. Cada cuerpo de agua cumple una función ambiental y social que merece protección. Por ello, no podemos esperar a que exista una mortandad visible de especies, una afectación comprobada al abastecimiento de agua o un daño irreversible para actuar con la seriedad que estas situaciones exigen.
La atención de una contingencia de esta naturaleza debe contemplar acciones desde el control de la fuga hasta las actividades de limpieza.En ese sentido, es fundamental que exista información pública sobre las acciones realizadas, pues la ciudadanía tiene derecho a conocer qué sucedió, qué consecuencias pudo generar y qué están haciendo las autoridades para atenderlas.
El derecho a un medio ambiente sano no puede quedarse en una declaración constitucional ni limitarse a la atención de emergencias una vez que el daño ya ocurrió. Debe traducirse en acciones concretas de prevención, vigilancia, información, remediación y, cuando corresponda, reparación de los daños ocasionados.
La protección del medio ambiente exige actuar con responsabilidad y transparencia. No basta con controlar una fuga y retirar los residuos visibles; es indispensable conocer el alcance del daño, atender sus posibles consecuencias y garantizar que las comunidades no queden expuestas a riesgos que pudieron prevenirse o que todavía pueden mitigarse.
Por lo antes expuesto, se propone el siguiente proyecto de acuerdo y solicito sea votado en este momento:

ACUERDO

PRIMERO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León exhorta respetuosamente a Petróleos Mexicanos (PEMEX) para que, en el ámbito de sus atribuciones, informe a esta Soberanía sobre el derrame de hidrocarburos registrado el 11 de octubre de 2026 en el río Pilón, en el municipio de Montemorelos, Nuevo León, precisando lo siguiente:
El volumen estimado o confirmado de hidrocarburo derramado;
Las acciones de contención, recolección y limpieza que se han realizado en la zona afectada;
Las acciones de remediación ambiental y las medidas de prevención implementadas para evitar nuevos incidentes; y
Si se ha presentado ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) un programa de remediación, y, en su caso, el estado que guarda su evaluación o autorización.
SEGUNDO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León exhorta respetuosamente a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) para que, en el ámbito de sus atribuciones, informe sobre las acciones de inspección, supervisión y seguimiento realizadas con motivo del derrame de hidrocarburos registrado en el río Pilón, así como las medidas preventivas y correctivas que, en su caso, haya ordenado a Petróleos Mexicanos y el estado que guarda su cumplimiento.
TERCERO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) para que, en el ámbito de sus atribuciones, informe sobre:
Las inspecciones o investigaciones realizadas en el sitio del derrame;
Las posibles afectaciones ambientales identificadas;
Las medidas adoptadas para procurar la restauración de la zona afectada; y
Si se ha iniciado algún procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades correspondientes.
CUARTO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice muestreos y análisis para determinar la calidad del agua del río Pilón, así como la extensión de la posible afectación a los cuerpos de agua relacionados. Asimismo, se solicita que informe sobre la evaluación de posibles riesgos de propagación de contaminantes hacia la presa El Cuchillo y las medidas adoptadas para proteger el recurso hídrico.

A T E N T A M E N T E.-
MONTERREY, NUEVO LEÓN A FECHA DE SU PRESENTACIÓN.

AILE TAMEZ DE LA PAZ
Diputada Local

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