Grupo Legislativo
Partido Acción Nacional

Portal Oficial

PAN

Empresa Daña el Ambiente en Santa Catarina

6 de Octubre 2026

MIGUEL-ANGEL-GARCIA-77

Autor: Grupo Legislativo PAN

DIP. PERLA DE LOS ANGELES VILLARREAL VALDEZ
PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E . -

El suscrito Diputado Miguel Ángel García Lechuga, e integrantes del Grupo
Legislativo del Partido Acción Nacional de la Septuagésima Séptima Legislatura
del H. Congreso del Estado de Nuevo León, en ejercicio de las atribuciones
establecidas con los artículos 122 Bis 1, 122 Bis 2 y 123 del Reglamento para el
Gobierno Interior del H. Congreso del Estado de Nuevo León, me permito
proponer el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde hace meses, vecinos de la colonia Privadas de Santa Catarina tienen un
problema que no debería ser parte de sus vidas, ni de ninguna colonia
habitacional en el Estado: la operación de una fábrica justo enfrente de sus
casas.

Para quienes viven ahí, este problema no se trata solamente de una empresa,
de un permiso o de un expediente administrativo. Se trata de no poder dormir.
Se trata de escuchar durante todo el día y noche camiones, motores, maniobras
y un ruido excesivo que no se detiene.

Vecinos ya me han comentado que cuando ellos intentan dormir, sease a la 1
de la mañana o incluso más tarde, detrás de sus casas siguen entrando
camiones y continuando con todos los procesos que generan contaminación
acústica que no los deja dormir. Es decir, todo el día y toda la noche hay ruido.

Hoy, la fábrica trabaja, los camiones siguen entrando y saliendo, y la colonia no
descansa. Pero también, los vecinos no descansan. Los padres que tienen que
salir a trabajar. Los niños que tienen que ir a la escuela. Los jóvenes que tienen
que hacer sus tareas. Y los adultos mayores que tienen el derecho a descansar
tranquilamente. Ninguno de todos estos puede hacerlo tranquilamente.
Y el problema no nomás termina con el ruido. Los vecinos también nos han
informado que el polvo ahora ya forma parte de sus casas. Ya está en los patios,
en las ventanas, en los vehículos y en el porche. Básicamente ya esta en toda la
vivienda.

No pueden hacer fiestas, ni una carne asada porque se llena toda de polvo o
de tierra. Imaginense hasta qué grado esta el problema.

Los vecinos ya tienen que limpiar y volver a limpiar, cerrar las puertas, las
ventanas y convivir con una preocupación permanente de no saber qué están
respirando y si afecta en la salud de sus hijos.

No estamos hablando de una colonia en la que los vecinos decidieron estar junto
con la industria. No. Estamos hablando de una colonia de más de 20 años, y en
la que por primera vez en esos 20 años irrumpen en su tranquilidad, en su
descanso y sobre todo, en su salud.

Este, ya no es un problema menor, es un asunto de salud pública y del respeto al
derecho al medio ambiente sano que todas y todos tenemos.

Y quiero ser muy claro, no estamos en contra de las actividades económicas, del
desarrollo, ni de la industria. Es más, Santa Catarina es una ciudad industrial y
estamos sumamente orgullosos de ello. Pero no podemos poner primero a los
intereses económicos y de una fábrica, encima de los de más de cien vecinos
que ya estan hartos de esta situación.

Una cosa es la actividad económica y otra es que las consecuencias de esa
actividad las terminen pagando los vecinos dentro de sus propias casas. El ruido
ya esta en sus recamaras. El polvo ya termina dentro de sus viviendas y los
camiones ya circulan por sus calles.

Y esto también preocupa, porque la colonia Privadas de Santa Catarina no se
puede convertir en el patio de maniobras de una fábrica y peor aún, tampoco
tiene el derecho de afectar las condiciones de los pavimentos, de generar
baches, problemas estructurales y hasta daños en los vehículos de los vecinos.

Por esto, este punto de acuerdo. Los vecinos tienen derecho a saber cuáles son
las condiciones en las que opera esta industria, si cuentan con las autorizaciones
correspondientes, si estan fuera de regla e incluso tienen el derecho de que en
caso de que se este incumpliendo la Ley, se suspenda o clausure este
establecimiento.

Lo que los vecinos exigen es muy sencillo y no es ningún privilegio. Estan pidiendo
poder dormir, poder respirar con tranquilidad, que sus hijos puedan estudiar y
recuperar la calma que durante más de 20 años han tenido en sus casas.
Si todo está en regla, que lo muestren.

Pero si existen irregularidades, que se sancionen.

Por lo anteriormente expuesto solicito atentamente a esta H. Soberanía lo
siguiente:

P U N T O D E A C U E R D O

PRIMERO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de
Nuevo León exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente del Estado para que
realice una inspección al establecimiento identificado comercialmente como
"Neoblock", ubicado en las inmediaciones de la colonia Privadas de Santa
Catarina, municipio de Santa Catarina, Nuevo León, a fin de:

I. Verificar sus licencias, autorizaciones ambientales y condicionantes;
II. Realizar mediciones de ruido, vibraciones, polvos, partículas y demás
emisiones, incluyendo el entorno habitacional inmediato;

III. Verificar los horarios de operación, manejo de materiales y medidas para
prevenir la dispersión de contaminantes;

IV. Remitir a esta Soberanía copia o versión pública de las autorizaciones
ambientales vigentes; y

V. En caso de detectar incumplimientos, imponer las medidas correctivas y de
seguridad correspondientes, incluida la suspensión total o parcial de actividades
cuando legalmente proceda, así como ordenar el cese de actividades
nocturnas que contravengan la normatividad o las autorizaciones aplicables.

SEGUNDO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de
Nuevo León exhorta al Gobierno Municipal de Santa Catarina, por conducto de
las dependencias competentes, para que realice una inspección integral al
inmueble referido y:

I. Informe el uso de suelo, zonificación, giro y uso de edificación autorizados, así
como desde cuándo existen dichas autorizaciones;

II. Determine si la fabricación de bloques de concreto y las demás actividades
desarrolladas son compatibles con las autorizaciones y la normatividad
urbanística aplicable;

III. Verifique los horarios autorizados de operación y la legalidad de las
actividades realizadas durante la noche;

IV. Remita copia o versión pública de las licencias y permisos municipales
correspondientes;

V. Revise posibles afectaciones a vialidades e infraestructura pública
ocasionadas por vehículos pesados vinculados con el establecimiento;

VI. Verifique, por conducto de la autoridad competente en materia de
Protección Civil, el cumplimiento de los programas, medidas y obligaciones
aplicables, así como las condiciones de seguridad de maquinaria, instalaciones,
almacenamiento de materiales, áreas de carga y descarga y accesos para
vehículos de emergencia; y

VII. En caso de detectar irregularidades, incumplimientos o condiciones de
riesgo, imponga las medidas correctivas, preventivas y de seguridad
correspondientes, incluida la suspensión total o parcial de actividades cuando
legalmente proceda.

TERCERO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de
Nuevo León exhorta a la Fiscalía General de Justicia del Estado, por conducto
de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, para que, en el ámbito de sus
atribuciones, analice e investigue, cuando jurídicamente resulte procedente, los
hechos relacionados con la operación del establecimiento identificado como
"Neoblock" que pudieran constituir delitos en materia ambiental.

CUARTO.- La Septuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado de
Nuevo León exhorta a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente, para que, en el ámbito de sus atribuciones, verifiquen la situación del
establecimiento identificado comercialmente como "Neoblock" respecto del
Arroyo El Obispo, particularmente:

I. La posible ocupación, afectación o realización de obras en el cauce o zona
federal;

II. La existencia de descargas, escurrimientos, residuos o materiales hacia dicho
cuerpo de agua;

III. La existencia y cumplimiento de las concesiones, permisos o autorizaciones
federales que resulten aplicables; y

IV. En caso de detectar irregularidades, impongan las medidas correctivas, de
seguridad y sanciones que legalmente correspondan, incluida la suspensión o
clausura cuando resulte procedente.

QUINTO.- Se exhorta a las autoridades señaladas en los resolutivos anteriores para
que, dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción del presente
Acuerdo, informen a esta Soberanía sobre las acciones realizadas, permisos
verificados, irregularidades detectadas y medidas adoptadas.

MONTERREY, NUEVO LEÓN, AL DÍA QUE SE PRESENTA

A T E N T A M E N T E
DIP. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA LECHUGA

DIPUTADO LOCAL POR SANTA CATARINA

PAN

Grupo Legislativo PAN

2024© Grupo Legislativo Partido Acción Nacional, Nuevo León.

Grupo Legislativo PAN

8150-9500
glpan@hcnl.gob.mx

Toda la información, imágenes y/o ligas publicadas en este portal son responsabilidad exclusiva del Grupo Legislativo PAN Nuevo León.