Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
TENDRÁN PADRES OBLIGACIÓN DE CUBRIR GASTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR Y SALUD EN JUICIOS POR ALIMENTOS
8 de Diciembre 2010

TENDRÁN PADRES OBLIGACIÓN DE CUBRIR GASTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR Y SALUD EN JUICIOS POR ALIMENTOS

Monterrey, 8 de Diciembre 2010

Para garantizar el derecho de los menores a recibir educación preescolar y a recibir la atención médica adecuada en caso de enfermedad, el Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Civil en la que amplía el concepto de "alimentos" como obligación de los padres de familia.

El decreto fue presentado en tribuna por el diputado Fernando González Viejo a nombre de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.

Se establece en el documento se advierte la necesidad de hacer estas modificaciones ante el aumento de las demandas por alimentos ante los Juzgados Familiares, producto de un mayor número de divorcios y separaciones de matrimonios, concubinatos y uniones libres.

Al respecto, el diputado Héctor García García, Presidente de la Comisión de Legislación, señaló que el Congreso atiende el reclamo de madres de familia que reclaman el apoyo económico para que sus hijos puedan cursar los niveles de preescolar y recibir la atención médica adecuada.

"Es una reforma muy importante al Código Civil, en la que se adiciona el concepto de alimentos, porque sabemos de múltiples casos de madres de familia con problemas conyugales que no recibían apoyo de los padres para la educación preescolar, pero ahora tendrán que cumplir con este apoyo económico, lo mismo en caso en enfermedad para medicinas y consultas médicas", explicó García García.

Explicó que antes de la reforma, se entendía por educación básica a partir de la primaria, pero ahora queda claro que la obligación de los padres es solventar los gastos educativos desde preescolar.

La reforma al artículo 308 del Código señala expresamente que "los alimentos comprenden la manutención en general que incluye entre otros, la comida, el vestido, la habitación y la salud. Respecto a los menores de edad, los alimentos comprenderán además, los gastos necesarios para la educación preescolar".

La reforma también abarcó otros artículos del mismo Código Civil, entre los que destaca la nueva disposición a deudores alimentarios, en el sentido de que deben informar al Juez si ha cambiado favorablemente su situación económica para cumplir con sus obligaciones, porque de no hacerlo serían objeto de una sanción.

A favor del dictamen se manifestaron los diputados Sergio Alanís Marroquín y Brande Velázquez Valdez.